La nueva Ley de Seguridad Vial, que ya ha sido aprobada en el Congreso, pasará a entrar en vigor el próximo mes de abril. Varias son las novedades pero, ¿cuáles son las que más afectan a nuestro bolsillo y resta de puntos? Hacemos un repaso de las sanciones de cuantía más elevada para que las tengas muy en cuenta y evites sustos innecesarios.
6.000 euros y 6 puntos
Llevar instalado un inhibidor de radar. Todos aquellos vehículos que lleven instalado un dispositivo electrónico que inhiba e interfiera la señal de los radares, serán sancionados con 6.000 euros de multa y la resta de seis puntos del carné. También hay multa para el taller que lo instala: 20.000 euros.
1.800 euros, sin resta de puntos
No notificar el conductor. Si llega una sanción grave o muy grave asociada a tu vehículo y no notificas quién era el conductor infractor, la DGT sancionará al titular del vehículo con el triple de la cuantía de la multa. Esto se traduce en 1.800 euros en caso de ser una sanción muy grave (600 euros).
1.500 euros, sin resta de puntos
Circular sin seguro. Cualquier conductor que circule con un turismo o una furgoneta inferior a 3.500 kg sin el seguro en regla será sancionado con 1.500 euros de multa, aunque no implicará la resta de puntos del carné de conducir. Si el vehículo está parado y no tiene seguro la sanción será de 800 euros. El nuevo reglamento concede un ‘mes de gracia’: en caso de que haya caducado tu seguro, tiene un mes de margen para ponerlo en regla.
1.000 euros y 6 puntos
Duplicar la tasa de alcohol. En caso de duplicar la tasa de alcohol, es decir más de 0,50 mg de alcohol por litro de sangre, la multa pasa de 600 a 1.000 euros con la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Asimismo, se impondrá una sanción de esta cuantía a aquellos conductores reincidentes en positivo durante el periodo de un año y a los que se nieguen a someterse a la prueba.
1.000 euros y 6 puntos
Drogas. Aquellos conductores que den positivo en un control de drogas, independientemente del tipo de la misma y siempre que no cuente con prescripción médica -y su ingesta no influya en las capacidades de conducción-, serán sancionados con 1.000 euros y la consiguiente resta de seis puntos del permiso. Todos los conductores tienen derecho a una segunda prueba, es decir un análisis de sangre en un centro facultativo. No obstante, si vuelve a ser positivo, tendrán que hacerse cargo de los gastos de dicha prueba.
600 euros y 6 puntos
Exceso de velocidad muy grave. Cuando se supere la velocidad en lo que se tipifica como infracción ‘muy grave’, se impondrá una multa de 600 euros, así como seis puntos del carné. Como ejemplos, circular a más de 101 km/h en una zona limitada a 50 km/h, a más 171 km/h en una limitada a 100 km/h o a más de 191 km/h en un tramo de 120 km/h o 130 km/h.
500 euros y 6 puntos
Exceso de velocidad muy por encima del límite. Se considera muy por encima del límite cuando roza exceso muy grave, esto es entre 91 y 100 km/h en una zona limitada a 50 km/h, entre 161 y 170 km/h en tramos de 100 km/h y entre 181 y 190 km/h en los de 120 y 130 km/h.
Nuevo cuadro de velocidades
Tras la reforma, se incluye un nuevo cuadro de exceso de velocidad que incluye las dos novedades en lo que a límites se refiere, es decir 20 km/h y 130 km/h.
Vel |
20 |
30 |
40 |
50 |
60 |
70 |
80 |
90 |
100 |
110 |
120 |
130 |
Multa |
Puntos |
G |
21 |
31 |
41 |
51 |
61 |
71 |
81 |
91 |
101 |
111 |
121 |
131 |
100 € |
- |
41 |
51 |
61 |
71 |
91 |
101 |
111 |
121 |
131 |
141 |
151 |
151 |
300 € |
2 |
|
51 |
61 |
71 |
81 |
111 |
121 |
131 |
141 |
151 |
161 |
171 |
171 |
400 € |
4 |
|
61 |
71 |
81 |
91 |
121 |
131 |
141 |
151 |
161 |
171 |
181 |
181 |
500 € |
6 |
|
M |
71 |
81 |
91 |
101 |
131 |
141 |
151 |
161 |
171 |
181 |
191 |
191 |
600 € |
6 |