¿Más protección para comprar coche?

La nueva Ley de Garantías da, en teoría, mayor protección al cliente. Esto, analizando la norma y como denuncian varias organizaciones de consumidores, realmente no es así. La culpa la tiene un texto farragoso que obliga al ciudadano a demostrar que él no es el responsable de posibles defectos del bien adquirido, y que da mayor credibilidad al vendedor.

¿Más protección para comprar coche?
¿Más protección para comprar coche?

Lleva poco más de un mes en vigor, pero ya ha dado problemas. Se trata de la nueva Ley de Garantías, que no es más que la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo. Su objetivo es incrementar las coberturas al cliente y aclarar un poco la situación actual. Sin embargo, no nació con buen pie. Antes de su promulgación ya recabó las críticas de varias organizaciones de usuarios que no se explicaban el retraso de 19 meses que se había producido. Esta ley ya estaba operativa hace unos años en el seno de la Unión Europea y, según la Comisión, debía haber comenzado su aplicación en nuestro país el 1 de enero de 2002.Al mismo tiempo, estos mismos colectivos no concebían que la ley no fuera retroactiva durante el período comprendido entre la entrada en vigor del texto europeo y la llegada de la norma a nuestro país. Con todo, desde el 11 de septiembre, estamos aparentemente bajo el “manto protector" de esta ley. Sin embargo, no es oro todo lo que reluce, ya que el texto promulgado por el Gobierno cuenta con algunos peros y, sobre todo, con ciertos apartados que necesitan de un posterior desarrollo reglamentario, que, hasta que se produzca, deja coja a esta normativa.No hay que olvidar que sólo sirve en las transacciones realizadas entre un vendedor profesional y un consumidor final; es decir, quedan fuera las operaciones entre particulares, que se siguen rigiendo por el Código Civil, y los compraventas, que no son considerados clientes finales. Así, si, por ejemplo, compramos un coche a nuestro vecino, no podremos acogernos a este texto. Un tema muy importante es, en primer lugar, verificar que lo que hemos comprado sea igual a lo que se nos publicita. Así, debemos comprobar que se ajusta a la descripción dada por el vendedor y posee las cualidades del modelo que se nos han presentado en el concesionario; es apto para el uso que nos han prometido y tenga la calidad y las prestaciones habituales que cabría esperar de un vehículo de ese tipo. Por eso, desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) se nos recomienda guardar cualquier contrato, catálogo o folleto publicitario: nos podrán servir de prueba en un futuro.