Luz verde definitiva a la nueva Ley de Seguridad Vial

El Congreso da luz verde definitiva a la Reforma de la Ley de Seguridad. Cuando entre en vigor, dentro de un mes, los detectores de radar estarán prohibidos y las multas por conducir bajo los efectos de las drogas supondrán 1.000 euros para el conductor, entre otros cambios.

Alicia Fernández. Twitter: @Aliciautopista

Luz verde definitiva a la nueva Ley de Seguridad Vial
Luz verde definitiva a la nueva Ley de Seguridad Vial

La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial es un hecho tras su aprobación, en el día de hoy, por el Congreso de los Diputados. Muchas son las novedades que incorpora la decimoctava reforma de una Ley, que data de 1990, y que afectan a los conductores.

 

Para empezar los detectores de radar se prohíben de nuevo, decimos de nuevo, porque estuvieron prohibidos hasta la anterior reforma de 2009. Se mantiene la prohibición de los inhibidores de radares, quedando excluidos de esta prohibición los avisadores. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros siguen siendo 6 puntos y 6.000 euros, mientras conducir vehículos con mecanismos de detección de radares o cinemómetros cuesta ahora 200 euros y 3 puntos del permiso.

 

Otra de las grandes novedades tiene que ver con la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas. Por un lado, se mantiene la prohibición de circular con tasas de alcohol superiores a las establecidas así como la conducción bajo los efectos de las drogas. Quedan excluidas las substancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción. Se establece la prueba salival con un dispositivo autorizado como método para la detección de drogas. En todos los casos, tanto la conducción con una tasa de alcoholemia mayor de la permitida como con drogas, es considerado infracción muy grave y conlleva la pérdida de 6 puntos del permiso, pero mientras la conducción bajo los efectos del alcohol se sanciona con 500 euros, (1.000 si en el año anterior se ha impuesto una multa o si doblamos la cantidad permitida), en la de drogas es de 1.000 en todos los casos

La nueva Ley también concede a los municipios las competencias de poder restringir la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales. 

 

En lo que respecta a los menores en el coche, el texto de la nueva Ley abre la posibilidad a prohibir la ocupación de asientos delanteros o traseros de los vehículos en función de su edad o talla. Nos ha avanzado la DGT que en el desarrollo del Reglamento General de Circulación, que se aprobará en unos meses se incluirá la prohibición de viajar con menores de 1,35 cm en los asientos delanteros si los traseros no están ocupados por menores. Además, por no utilizar el dispositivo de retención infantil podrán inmovilizarnos el vehículo.

 

Los 130 km/h tendrán que esperar

Por otra parte, los aspectos relacionados con la velocidad máxima permitida, como el incremento a 130 km/h en determinadas circunstancias tendrán que esperar a la aprobación del nuevo Reglamento de Circulación. La Ley lo único que ha hecho ha sido mejorar la redacción de la anterior permitiendo esa posibilidad. Lo mismo ocurre con la reducción de velocidad en las carreteras secundarias, de 100 a90 km/h.

 

Más cambios

Los menores de 16 años tendrán que viajar en bicicleta con casco, si no, sus padres o tutores podrán recibir una multa de 200 euros. Además, los conductores tendrán que dejar un espacio de 1,5 metros para adelantar a los ciclistas. Otro de las modificaciones, más de cara a la galería que otra cosa, es el incremento de 15 a 20 días el tiempo para reclamar o pagar la multa con el 50 por ciento de descuento. No habiendo ningún cambio en el proceso de alegaciones o recurso.