Estas son las multas a las que te enfrentas por conducir sin carné

Conducir sin carné es un delito contra la seguridad vial y puede llegar a suponer penas de prisión de hasta 6 meses. Te contamos todas las sanciones a las que te puedes enfrentar dependiendo del delito o de la infracción.

Esta son las multas a las que te enfrentas por conducir sin carné
Esta son las multas a las que te enfrentas por conducir sin carné

El artículo 384 del Código Penal lo deja bien claro. Conducir sin carné es un delito contra la seguridad vial y como tal tiene consecuencias legales. Sin embargo, no en todos los casos es un delito; también puede ser considerado una infracción.   

Conducir sin carné se considera delito en estos casos:

  • Pérdida de vigencia del permiso de conducir. No debe confundirse con el permiso caducado y no renovado.
  • Pérdida total de los puntos asignados legalmente. Para que sea delito conducir sin puntos, es preciso que haya sido notificado por la Dirección General de Tráfico.
  • Pérdida cautelar o definitiva del permiso de conducir por decisión judicial.
  • Carecer del permiso por no haberlo obtenido nunca.  

Por el contrario, se considera infracción cuando:

  • El carnet de conducir es extranjero y no ha sido homologado en España.
  • El permiso de conducir ha caducado y no se ha renovado.
  • El conductor ha perdido todos los puntos y puede demostrar que no estaba al tanto de ello.
  • El conductor ha olvidado o extraviado el carnet.

Estas son las multas por conducir sin carnet

Conducir un vehículo a motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso por pérdida total de puntos, conducir tras haberte retirado un juez el carnet y conducir sin carnet por no haber obtenido nunca el permiso de conducir son acciones constitutivas de delito, que se castigan en el art. 384 del Código Penal con penas de prisión de tres a seis meses, o con multa de doce a veinticuatro meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las multas a las que te enfrentas por conducir sin carné
Las multas a las que te enfrentas por conducir sin carné

Si la infracción no llega a ser considerada delito, podría ser una infracción administrativa grave o muy grave en función de los hechos. Los importes de las sanciones varían entre:

  • Circular conduciendo un vehículo cuando el permiso de conducción ha sido anulado, no tiene vigencia o conducir con un carnet extranjero que no autorice a conducir en España son infracciones muy graves, que conlleva multa de 500 euros.
  • Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no sea para conducir dicho vehículo también es una infracción muy grave, sancionada con multa de 500 euros.
  • Conducir el vehículo sin la autorización valida en España, pero con un permiso extranjero equivalente y susceptible de ser canjeado o siendo titular de un permiso comunitario, sin haberlo renovado durante su período de vigencia una vez adquirida la residencia en España es una infracción grave que supone una sanción de 200 euros.
  • Volver a conducir tras la retirada del carnet sin haber realizado el curso obligatorio de reeducación y sensibilización vial se considera una infracción grave, sancionada con una multa de 200 euros.

En todas estas infracciones, además de la correspondiente multa económica, también existirá la pérdida de 4 puntos. Esto es cuando se conduzca un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no habilite para ello, cuando se conduzca teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido utilizar dicho vehículo.

Las multas por conducir sin carné se pueden recurrir

Todas las denuncias de circulación son susceptibles de ser recurridas, aunque eso no garantiza que se consiga la anulación de la multa. Las posibilidades de que se anule aumentarán dependiendo de la cantidad de pruebas que el interesado pueda aportar que demuestren que la infracción denunciada no es correcta por no ajustarse a la legislación actual o por no ser ciertos.   

Hay que tener en cuenta que estas denuncias pueden ser abonadas con el 50% de descuento y, en ese caso, no se pueden recurrir. En este sentido, si se presenta un recurso y, finalmente, no nos anulan la multa, se pierde el descuento y habría que abonar el importe total de la sanción.

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