Un adelantamiento es una maniobra que siempre entraña cierto riesgo. Si un conductor quiere adelantar a otro vehículo en la carretera, debe asegurarse de ciertos detalles previamente: que sea legal realizar la maniobra, que no viene ningún vehículo por el sentido contrario, que tenga la suficiente visibilidad, que no sobrepase la velocidad máxima de la vía, que señalice todos sus movimientos y de que su vehículo será capaz de hacer la maniobra con soltura.
Ahora bien, la DGT nos recuerda en qué casos un adelantamiento está prohibido. Está claro que, en carretera secundaria, la línea continua nos indica que la maniobra está prohibida, y por lo general es esta línea la que marca en qué situaciones vas a poder adelantar o no. Sin embargo, es necesario tener unos conceptos claros –especialmente el de la falta de visibilidad–, ya que puede haber alguna carretera, especialmente las de montaña, que no esté tan bien señalizada y nos entren dudas.
Ante todo, y como nos recuerda la DGT, “circula sin prisas” y no realices un adelantamiento “a lo loco”. En estas 7 situaciones el adelantamiento está prohibido:
- Curvas sin visibilidad: si el propio trazado de la carretera no permite al conductor ver quien viene de frente, no intentes el adelantamiento.
- Detrás de un camión que está adelantando: este último, por su mayor volumen, dificulta la visión al conductor que está adelantando.
- Cambios de rasante: la doble pendiente de la carretera nos impide ver el sentido contrario.
- Pasos a nivel y alrededores: el vehículo que estamos adelantando disminuye la visibilidad lateral.
- Intersecciones y proximidades: mucho ojo, ya que el conductor que está adelantando no puede ver los vehículos que se acercan por su derecha.
- Pasos de peatones: en ámbito urbano, si te acercas a un paso de cebra, evita adelantar, ya que podríamos no ver al peatón que está cruzando.
- Túneles con un solo carril por sentido.