Para valorar los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación se utiliza en España un sistema -conocido como baremo-. En él se establecen las indemnizaciones básicas por muerte, incapacidad permanente e incapacidad temporal, a las que se aplican unos factores de corrección en atención a la pérdida de ingresos, circunstancias familiares especiales (minusvalía de los hijos, fallecimiento mujer embarazada, etc), lucro cesante o circunstancias sociales u ocupacionales.
La última Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del 20 de marzo incrementó las indemnizaciones para los accidentados en un 1,6 por ciento, según recoge Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
Si has tenido este año un accidente de tráfico, o conoces a algún familiar o amigo que lo haya tenido, la página web Indemnizacionporaccidente.com ha creado una herramienta para que puedas calcular el valor de tu indemnización de forma orientativa. Según el abogado, Carlos Cabañas, “este cálculo es estimado y no sustituye en ningún caso a una valoración pericial médica profesional".
Cómo funciona la calculadora de indemnizaciones
Para calcular la indemnización por accidente de tráfico, tendrás que rellenar una serie de casillas. Primero con tus datos personales (nombre, fecha de nacimiento, fecha del accidente y salario neto). Y segundo, responder si has tenido incapacidad temporal y, en caso afirmativo, añadir el número de días que has estado de baja, hospitalizado, en la UCI, etc….
Por otro lado, te preguntarán si has tenido secuelas físicas o psicológicas, o has sufrido algún tipo de perjuicio estético. Sobre el dibujo de una silueta humana están reflejados los puntos corporales más frecuentes en los que un accidentado sufre una lesión. Sólo tienes que pasar el ratón sobre las zonas para ver los puntos por secuela y las cuantías habituales que se pagan por cada una de ellas. Los puntos por secuelas los estable el Perito Médico especializado en daño corporal.
Ejemplo de una indemnización por latigazo cervical
Imaginemos que un policía nacional de 40 años sufre una colisión por detrás estando de servicio. En el golpe sufre el conocido como latigazo cervical. En ese mismo año ya había tenido varias bajas relacionadas con las cervicales, ya que padecía de artrosis avanzada a pesar de su mediana edad, lo que provocó una lesión que normalmente requiere de un par de meses de curación le mantuviera más de 4 meses de baja laboral.
Tras ser valorado por un perito médico, se determinó que los 132 días que permaneció de baja laboral por el accidente fueran considerados todos como días de perjuicio moderado y que se le indemnizara a razón de 53,81 euros por día. También se le reconoció una secuela en su grado más bajo, ya que era obvio que el lesionado contaba con antecedentes de lesión cervical crónica. Así, su indemnización final ascendió a 7.889, 70 euros.