Prohibido fumar en los coches privados: ¿la nueva medida del Gobierno?

El actual Gobierno en funciones estaría estudiando la posibilidad de prohibir fumar en los coches privados, una de las medidas estrella en su nuevo plan para combatir el tabaquismo. Aquí tienes todos los detalles.

Jorge Serrano. Twitter: JorgeMotor1

Prohibido fumar en los coches privados: ¿la nueva medida del Gobierno?
Prohibido fumar en los coches privados: ¿la nueva medida del Gobierno?

El tabaquismo es el origen de una de las principales causas de mortalidad en el planeta (el cáncer de pulmón) y, por ello, prácticamente todos los Gobiernos del mundo están aplicando diversas medidas para que disminuya el número de personas que fuma. Una de las propuestas a nivel internacional es el fomento de los “espacios sin humo" y, en este sentido, cada vez cobra más posibilidades que los coches privados sean uno de los próximos lugares donde esté prohibido fumar.

En unas declaraciones realizadas a la agencia de noticias Europa Press, la actual ministra de Sanidad del Gobierno de funciones, la socialista María Luisa Carcedo, ha admitido que la prohibición de fumar en los coches privados en una de las medidas que se están considerando dentro del nuevo plan para combatir el tabaquismo que está elaborando el Ejecutivo.

Dentro del documento oficial denominado Líneas de actuación 2019-2020 en el ámbito de prevención del tabaquismo, los coches privados podrían ser considerados “espacios sin humo", una medida que, según Carcedo, hay que pensar y reflexionar “con calma".

La prohibición de fumar en los coches privados es una reivindicación que vienen haciendo desde hace ya varios años diversos colectivos de gran importancia, tales como el Grupo Español de Cáncer de Pulmón y la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR), entre otros.

Fumar en el coche: ¿te pueden multar en la actualidad en España?

En nuestro país, legalmente se puede fumar mientras se conduce. Sin embargo, existe la recomendación de no hacerlo con mujeres embarazadas o menores a bordo del vehículo. De forma paralela, los agentes que controlan el tráfico, ya sean policías locales o agentes de la Guardia Civil, pueden multar si perciben o consideran que, por el hecho de fumar, el automovilista en cuestión ha podido no prestar la atención debida en el acto de conducir.

Al respecto, el artículo 18.1 del Reglamento de Circulación explica lo siguiente: «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos».

Por otro lado, la legislación vigente en España también considera incompatible la atención a la conducción con el uso en movimiento de pantallas conectadas a internet o televisión, así como cualquier reproductor de imagen. Sin embargo, esa prohibición no afecta, a los sistemas de información y entretenimiento, por ejemplo, ya sea para el control de las maniobras de marcha atrás o del navegador.

En otros países europeos y de otros continentes la prohibición o no de fumar en el coche privado está sujeta a que el acto en sí se realice con la presencia de pasajeros menores en el vehículo (ver artículo Fumar en el coche: ¿te pueden multar en España? ¿Y en otros países?).

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