9 de mayo, día oficial de la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Entre las principales novedades que aporta la nueva normativa están la prohibición del uso de los detectores de radar, unas multas mucho más caras (el doble) por conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas y el hecho de que los menores de 16 años tienen que llevar el casco al montar en bicicleta en ciudad.
Las asociaciones de automovilistas y otros colectivos que velan por sus derechos, como es el caso de Dvuelta, llevan meses argumentando los puntos más negativos de la nueva Ley de Tráfico, así como analizando el verdadero trasfondo de la normativa. Dvuelta afirma que con la crisis los ingresos de la DGT han descendido en torno a un 30 por ciento, por lo que 'es una reforma para recaudar más; esta Ley está realizada a la medida de las necesidades recaudatorias de la DGT y los ayuntamientos, seriamente resentidas por las crisis económica', afirma Dvuelta en un comunicado.
Dvuelta, entidad perteneciente al Grupo Reacciona dedicada a la defensa de los conductores, ha analizado otros puntos polémicos de la Ley, como el hecho de que algunas multas doblan su importe a la vez que se prohíbe el uso de detectores de radar, anteriormente aprobado en 2010. Sobre estos detectores no se especifica en ningún momento en la Ley la obligación de desmontarlos, sólo se hace hincapié en su utilización.
Sobre los cambios de la Ley de Tráfico en materia de alcohol y drogas, la nueva normativa llega a duplicar la cuantía económica de 500 a 1.000 euros en casos en que se duplique la tasa permitida de alcoholemia, a quienes se nieguen a someterse al control o a los reincidentes. Dvuelta considera al respecto que se ha perdido 'una oportunidad para atacar de frente el problema del alcohol al volante y que deja la aparente firmeza de la “tolerancia cero” con la bebida y la conducción (que consistiría en prohibir directamente dar ningún tipo de nivel alcohólico) en un “permitimos que el conductor beba, porque así podemos sacarle el dinero”.
¿Qué ocurre con los nuevos límites de velocidad?
Uno de los puntos más controvertidos en el Proyecto de Ley que precedió a la Ley de Tráfico se refería a los límites de velocidad. Éstos se revisarían y se abría la puerta en aumentar la velocidad máxima en ciertos tramos de autopistas y autovías. Dvuelta, al respecto, considera que 'pasará mucho tiempo antes de que se pueda circular más rápido en autopistas y autovías. De hecho, la aplicación de la medida, recogida en la Ley, queda en suspenso hasta la aprobación de la modificación del Reglamento General de Circulación; modificación para la que no hay fecha.'
Dvuelta reclama que 'la reglamentación de los límites de velocidad se base en criterios puramente técnicos y precedida de un debate social sin condicionamientos ni cortapisas, y no únicamente en razones propagandísticas'.
Por último, Dvuelta también ha señalado que 'presentará un Recurso General ante la DGT en el que instará a la Administración a que revise de oficio todos aquellos expedientes sancionadores por exceso de velocidad en los que se hayan denunciado infracciones por sobrepasar el límite de 120 km/h en aquellos tramos en los que se haya producido el aumento del límite a 130 km/h, una vez que se haga efectivo'.
Este Recurso General tiene su fundamento en la Constitución Española (Art. 9, en relación con el Art. 25), que atribuye, con carácter retroactivo, efectos favorables para el infractor de aquellas normas que le pudieran beneficiar.
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