TS reduce la pena a un policía local de Lepe que falsificó una multa de aparcamiento para evitar una de trafico

El Tribunal Supremo (TS) ha reducido a tres años de cárcel la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva a un agente de la Policía Local de Lepe que falsificó la documentación de una multa de aparcamiento para eludir otra que le fue impuesta por la Guardia Civil por adelantamiento indebido. El policía municipal trató de demostrar que su vehículo había sido retirado por la grúa y estaba en el depósito, por lo que era un error que el coche estuviera circulando por la carretera.

El alto tribunal ha confirmado el delito de falsedad documental cometido por el funcionario público pero no aprecia una continuidad delictiva, como sí sentenció la Audiencia Provincial, por lo que reduce a tres años de cárcel la pena de cuatro y medio que le fue impuesta inicialmente. Asimismo, deja en tres años la inhabilitación para el empleo público --frente a los cuatro que le impuso el tribunal onubense-- y le reduce la multa, de quince euros diarios durante quince meses, a ocho euros al día durante seis meses.

La Audiencia Provincial consideró probado que el policía simuló que el 25 de febrero de 2009 había sido denunciado por los agentes municipales por aparcamiento indebido de su coche en la calle César Barrios de Lepe y rellenó los impresos oportunos de esa denuncia, los de que el automóvil había sido retirado por grúa municipal y llevado al depósito, así como la carta de pago al Ayuntamiento por la multa, el servicio de grúa y dos días de estancia en dicho depósito.

Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en alguno de esos documentos incluso simuló la firma de los agentes de la Policía Local supuestamente actuantes y usó el sello de la Jefatura de la Policía de Lepe.

El condenado usó esos documentos para alegar contra la sanción que le fue impuesta por la Guardia Civil de Tráfico el día 25 de febrero por un adelantamiento indebido en la carretera N-431 y que conllevaba la privación de varios puntos del carnet de conducir. Con ellos, intentó demostrar que si su coche estaba en el depósito era imposible que estuviera circulando por esa carretera en el momento en el que fue sancionado.

El Tribunal Supremo considera que no hubo una continuidad delictiva porque pese a que los documentos que confeccionó el acusado se hicieron con 'un único objetivo', 'engañar a la Jefatura Provincial de Tráfico', ve 'factible y probable' que se rellenaran 'en un solo momento' debido a la 'inmediatez' que requeriría el acto.

Sin embargo, el alto tribunal no atiende a otros de los motivos del recurso del policía, entre ellos, el atenuante de la confesión pese a que aquel señalara que cuando fue citado a declarar ante la Guardia Civil reconoció cada uno de los hechos que se le imputaban y aclaró todas las circunstancias que le fueron requeridas, 'evitando así que se tuviera que practicar una investigación compleja sobre las falsedades cometidas y su autoría'.