Primer conductor ebrio que va a la cárcel

Ya está en prisión el primer conductor ebrio juzgado bajo el nuevo articulado del Código Penal. No ha provocado ninguna víctima, pero su tasa de alcoholemia era ocho veces superior a la permitida y tenía antecedentes.

Récord de alcoholemia en Cataluña
Récord de alcoholemia en Cataluña

Jesús Díaz Barranco ha comenzado a cumplir los ocho meses de prisión y los dos años y ocho meses sin carné de conducir.


El juicio es histórico: tan sólo tres días después de detectar su alcoholemia ya está en la cárcel.Hasta ahora, era una condena impensable para un caso donde no se han producido víctimas, pero, como ha señalado la propia consellera de Interior de Catalunya, Montserrat Tura, nos “tendremos que acostumbrar a ver cómo ingresan en la cárcel los conductores". El castigo pudo ser mucho mayor. El reformado Código Penal fija dos años de cárcel como pena máxima para los conductores ebrios. Sin embargo, el acusado reconoció los hechos que le imputaban y logró rebajar en un tercio el tiempo de prisión solicitado por el fiscal. El pasado miércoles, Díaz Barranco fue sorprendido por los Mossos d’Esquadra mientras circulaba por la carretera N-2 haciendo zigzags e invadiendo el sentido contrario. Cuando bajó del automóvil, no podía hablar y apenas se sostenía en pie. Pasó la noche en el calabozo y, hasta el sábado, pudo seguir circulando, ya que –tras su detención- no le habían retirado cautelarmente el carné. El sábado comparecía ante un juzgado de Lleida y, nada más acabar el juicio, ya salía esposado hacia la cárcel de la localidad.


En nuestro Código Penal no se registra cuál es la tasa de alcohol que se castiga con la cárcel y cuál con tan sólo una multa económica y la retirada del carné. Todo queda a la interpretación del juez. Normalmente, si el acusado no tiene antecedentes penales, podría librarse de la prisión. Precisamente, Jesús Díaz Barranco no poseía un “expediente" limpio: había sido condenado en otras ocasiones por diferentes juzgados españoles por el mismo delito y ya había perdido el carné durante un año y medio. Era reincidente, pero –además- su tasa de alcoholemia era de récord: 1,91 miligramos de alcohol por litro de aire expirado (ocho veces el máximo permitido). La sentencia también servirá para fijar precedentes. En Francia, sí se ha establecido a partir de qué tasa de alcoholemia se considera delito y se castiga con la cárcel (más de 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre), pero en España todo depende de la interpretación del juez. Con el nuevo Código Penal, a partir de 1,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado es muy probable que los conductores se enfrenten a penas de prisión.


Más mano dura. Si conduces, no puedes obviar los cambios que trae el Código Penal. Habrá penas de cárcel para conductores ebrios. Y mucho más: se abre la puerta al achatarramiento de vehículos sin seguro, se intenta frenar el robo de vehículos o se mostrarán menos compasivos con aquellos que provocan un accidente y se dan a la fuga. Al menos, ésa es la teoría.
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Según anunciaron el día de su aprobación, la reforma del Código Penal quiere acabar con la impunidad en carretera y terminar con la lacra de accidentes que sufrimos. La tarea no es sencilla, pero tampoco utópica. Los responsables de tráfico de los veinticinco países que componen la Unión Europea se han puesto un objetivo: antes de 2010 se han tenido que reducir a la mitad los más de 40.000 accidentes mortales que se producen en las carreteras del Viejo Continente. Por eso, hoy y mañana, se reunen en Verona para estudiar nuevas medidas. Esta vez, el debate se centrará en las mejoras que necesitan las carreteras y en cómo proteger a los usuarios de las vías más vulnerables (ciclistas, peatones, niños y ancianos).


¿Existen muchos vacíos legales en estos temas? ¿Las víctimas de accidentes de tráfico están indefensas? ¿Has sentido alguna vez que algunos tienen auténtica impunidad al volante?

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