En principio se cree que estos cursos los impartirán las autoescuelas, aunque no se descarta que también los den asociaciones u otras entidades. La duración máxima de los mismos será de 30 horas y, con ellos, se recuperarán los puntos perdidos. Los conductores normales podrán hacer uno cada dos años, mientras que los profesionales tendrán la opción de recibir uno anualmente, si así lo necesitaran. Otra gran incógnita que habrá que resolver es la capacidad de la Administración para gestionar y organizar el registro de puntos, es decir, notificar su pérdida, su recuperación, etc. Algunos analistas dudan que exista una infraestructura suficiente para hacer frente a la cantidad ingente de datos que llegarán día tras día. También está por ver cómo será la coordinación entre los diferentes cuerpos policiales. El máximo objetivo es reducir los altos índices de siniestralidad que sufre España. Cada año nuestro país ve cómo mueren más de 5.400 personas a causa de los accidentes de tráfico. Según Montoro, las previsiones son que la accidentalidad bajará entre un 5 y un 15 por ciento y tendrá mayor incidencia durante los dos primeros años de funcionamiento del carné por puntos. En el RACE (Real Automóvil Club de España), por su parte, sitúan este porcentaje entre el 3 y el 10 por ciento, lo que supone entre 150 y 500 muertos menos al año, y apuestan porque el impacto positivo será inminente y la reducción de muertes se producirá en el primer año tras la aprobación de esta medida. En lo que está de acuerdo todo el mundo es en el papel preponderante que ha de tener la educación vial de la población. En otros países, según Diego Azúa, director de comunicación del RACE, “la sanción social hacia aquél que pierde puntos es grande", algo que no ocurre en España. En este sentido, en opinión de Montoro, es muy importante la presión del entorno del conductor, que debe censurar la pérdida de puntos y valorar la ausencia de infracciones.
6 puntos menos:
- Conducir bajo los efectos del alcohol (más de 0,75 mg/l).
- Negarse a realizar las pruebas de alcoholemia y drogas.
- Circular en sentido contrario.
- Conducir vehículos en competiciones o carreras no autorizadas.
- Conducción temeraria.
- Circular por autopistas o autovías con vehículos expresamente prohibidos.
- Exceso de velocidad de más de un 50 por ciento del límite y en más de 30 km/h.
- Incumplimiento de los tiempos de conducción y descanso para los conductores profesionales.
4 puntos menos:
- Conducir bajo los efectos del alcohol (entre 0,25 y 0,75 mg/l).
- Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor.
- Circular en paralelo con vehículos con los que está expresamente prohibido.
- Circular con un permiso que carezca de validez.
- Circular con un vehículo no matriculado o que carezca de las autorizaciones pertinentes.
- Circular con un vehículo que no cumpla las condiciones de seguridad necesarias o que incumpla normas reguladoras de la ITV.
- Arrojar objetos que puedan provocar incendios o accidentes.
- Conducir de forma negligente
- Exceso de velocidad en más de 40-50 km/h y en menos del 50 por ciento del límite.
- Incumplir la prioridad de paso.
- Saltarse una señal de stop.
- Incumplir las normas sobre adelantamientos, poniendo en peligro a los que circulan en sentido contrario.
- Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas o autovías.
- Aumentar la velocidad o realizar maniobras que impidan el adelantamiento.
- Adelantar invadiendo el sentido contrario en curvas, cambios de rasante o lugares con visibilidad reducida.
- No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
- No respetar la luz roja de un semáforo.
3 puntos menos
- Exceso de velocidad en más de 30-40 km/h y en menos del 50 por ciento del límite.
- No mantener la distancia de seguridad.
- Circular sin alumbrado en condiciones de falta de visibilidad o produciendo deslumbramiento a otros usuarios de la vía.
- Conducir utilizando dispositivos incompatibles con la obligatoria atención permanente que la conducción requiere (teléfonos móviles, auriculares de radio, etc.)
- Parar o estacionar en: curvas, cambios de rasante de visibilidad reducida, pasos inferiores, túneles y sus proximidades, pasos a nivel y lugares peligrosos o que obstaculicen gravemente la circulación.
2 puntos menos:
- Parar o estacionar en intersecciones en las que se dificulte el giro de otros vehículos, vías interurbanas donde se genere peligro por falta de visibilidad, raíles de tranvías, lugares en los que se impida la visibilidad de la señalización y carriles, paradas y estacionamientos de uso exclusivo del transporte público.
- Conducir vehículos equipados con mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico.
- Incumplir las normas de adelantamiento sin poner en peligro al resto de conductores.
- Cambiar de dirección, sentido o dar marcha atrás incumpliendo las normas.
- Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio.
- Conducir sin usar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o permitir que los ocupantes no cumplan dichas normas.
- Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores.
- Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 20 km/h hasta 30 km/h.
Desde 2001, con la reforma de la ley de Tráfico, están previstos cursos de reeducación, pero nunca se han puesto en práctica al no desarrollarse reglamentariamente. Este es el principal temor de los expertos en Seguridad Vial en nuestro país. “Modificar el régimen sancionador de la ley no es difícil, lo complicado es definir la reeducación", señala Eugenio Dobrynine, del Consorcio Europeo del Automóvil (CEA).Según declaraciones de Luis Montoro, catedrático de Seguridad Vial, al diario La Razón, los cursos incidirán en el apartado de la prevención y de la seguridad vial “porque se trata de cambiar actitudes, de estudiar las causas y efectos de los accidentes, de reeducar".