Cosas que, a lo mejor, no sabías de los eléctricos

Llevan tiempo entre nosotros, pero todavía hay cosas que desconocemos de los vehículos eléctricos. ¿Sabías que pueden estacionar gratis en las zonas de estacionamiento regulado? ¿O que a partir de septiembre no pagarán los peajes en Cataluña?

Teresa de Haro. Twitter: @TeresaAutopista

Cosas que, a lo mejor, no sabías de los eléctricos
Cosas que, a lo mejor, no sabías de los eléctricos

1. Exentos de pagar el aparcamiento regulado

Pueden estacionar de manera gratuita en las plazas verdes y azules del Área del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) sin limitación temporal y siempre que no esté prohibido por alguna norma general o particular. Para ello hay que solicitar el distintivo del SER que lo acredite como “vehículo cero emisiones”.

Señal aparcamiento

2. Inspección, en revisión

Hasta la fecha, los vehículos eléctricos tienen la obligación de pasar la ITV como cualquier otro vehículo de combustión ya que no existe ninguna ley específica para ellos. Tampoco cuentan con la maquinaria o dispositivos necesarios para revisar las partes eléctricas, ni su batería, con lo cual no es una revisión completa. Un vehículo eléctrico, eso sí, no tendrá que pasar la prueba de gases.

3. Menos impuestos

Los coches eléctricos están exentos de pagar el Impuesto de Matriculación. En el Impuesto de Circulación, la mayoría de las ciudades aplican un descuento, que puede rondar el 70 por ciento en Madrid, Barcelona o Sevilla, a este tipo de vehículos. 

4. Un peaje que no hay que pagar

Si tienes un coche eléctrico, a partir del 15 de septiembre no tendrás que pagar peajes cuando circules por Cataluña. Para beneficiarse de esta iniciativa, los propietarios deberán estar registrados en el portal EcoviaT, y se aplicará en la C-16, incluidos los túneles de Vallvidrera, la C-32 en el tramo del Maresme y el Garraf y el peaje de la C-33 de Mollet del Vallès.

5. Vía libre

Cada vez más ciudades europeas están aprobando medidas para luchar contra la contaminación ambiental procedente de la circulación de vehículos. Actualmente, con un vehículo eléctrico podrás circular por la mayoría de las zonas limitadas al tráfico rodado al no emitir gases contaminantes. En Madrid, por ejemplo, desde hace unos meses los vehículos que no sean de combustión interna y los híbridos enchufables pueden recorrer las calles incluidas en el Área de Prioridad Residencial que cubre una superficie de 352 hectáreas (Barrios de Embajadores, Letras y Cortes, entre otros).  

6. En casa, también cargan pilas

Gracias a la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, “las comunidades de propietarios pueden adoptar acuerdos para la realización de obras y la instalación de equipos o sistemas que tengan por finalidad mejorar la eficiencia energética del edificio. Este objetivo inspira también el régimen aplicable a la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en los aparcamientos de los edificios”. De esta forma, el propietario de un vehículo eléctrico puede instalar un punto de recarga en su plaza, siempre y cuando avise con antelación al administrador de fincas a través de un escrito. A partir de ahí, ya podremos acometer la obra. Dependiendo de la instalación, el coste no bajará de los 1.000 euros.  

BMW i3

7. Incentivo a la compra

En el Plan Movele 2015 la cuantía de las ayudas depende de la autonomía eléctrica del vehículo. En el caso de los turismos, encuadrados en la categoría M1, estos incentivos son de 2.700 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 km y no inferior a 15 km; 3.700 euros para los que tienen una autonomía superior a 40 km e inferior o igual a 90 km; y 5.500 euros para vehículos con autonomía superior a 90 km.

El Plan Movele también establece la obligatoriedad para los puntos de venta de facilitar al cliente la instalación del punto de recarga vinculado hasta un coste máximo de 1.000 euros por vehículo.