Para calcular el margen legal que te deben conceder al imponerte una sanción por exceso de velocidad, muchos conductores piensan que al error del radar se suma el del velocímetro del coche. Éste tiene que marcar de más por ley. Así, si circulamos a 120 en el velocímetro tiene que marcar 121 o más, a qué velocidad circulamos realmente. Una vez aclarado este punto, cabe deducir que el único error posible en una multa de velocidad es el del radar. Antes que nada debemos comentar que los cinemómetros deben calibrarse cada 6 meses y cada 12 deben pasar una revisión más exhaustiva. En mediciones por encima de 100 km/h el margen legal es un 4 por ciento. Según Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados, todos los organismos lo aplican mal porque ese 4 por ciento es con respecto a la velocidad que te pillan y no con respecto a la velocidad legal del tramo. Aspecto muy importante si nos encontramos entre quitarnos 4 ó 6 puntos, por ejemplo, o entre meternos en la cárcel o quedarse en infracción administrativa.— La DGT: Aplica un 10 por ciento más de la velocidad permitida. Los de 120 km/h disparan a 132 km/h.
— Trafiko del País Vasco: 5 km/h hasta 100 y 6 km/h a partir de 100 km/h
— Trànsit de Cataluña: La estricta legalidad, 4 km/h hasta 100 y un 4 por ciento a partir de 100.
— Ayuntamiento de Madrid : El Consistorio madrileño emite las multas de velocidad con la foto de la infracción y la velocidad a la que ha sido captada. De esta forma, podemos calcular el margen aplicado. En los radares de los túneles de la M-30, limitados a 70 km/h, y, en general, en todos los radares limitado a menos de 100 km/h, aplican 5 km/h, uno más que lo legal. La llegada de las multas captadas por radares de tramo están más cerca tras homologar Metrología este tipo de radares y tras el cambio de la nueva Ley de Seguridad Vial. La homologación se ha demorado mucho tiempo porque es necesario un complejo software que, entre otras cosas, sincronice bien los relojes. Este tipo de cinemómetros realizan una fotografía al inicio y otra al final del tramo y a través del tiempo que hemos tardado en recorrer el mismo calculan la velocidad media a la que hemos circulado. Para poder sancionar con este tipo de radares también era necesario un cambio en la Ley de Seguridad Vial. Cambio que en la última reforma de esta normativa, que ya ha sido aprobada por el Congreso y actualmente se encuentra en el Senado incluye. En el artículo 65 de la misma se contempla como infracción “circular en un tramo a una velocidad media superior a los límites establecidos reglamentariamente". Los excesos captados por este tipo de radares se castigan igual que el resto.
— ¿A qué velocidad dispara la foto un radar?