Aparcar las bicis y los patinetes en las aceras, la próxima prohibición de la DGT

La DGT quiere extender a toda España la prohibición de aparcar bicicletas y patinetes a las aceras y, así, unificar una medida que depende de los ayuntamientos.

El aparcamiento de bicis y patinetes en las aceras, la próxima prohibición de la DGT
El aparcamiento de bicis y patinetes en las aceras, la próxima prohibición de la DGT

La popularización de los vehículos de movilidad personal en los últimos años ha generado un amplio debate sobre su uso. Cada día vemos cómo bicicletas y patinetes circulan irregularmente por la acera o son estacionados allí donde no pueden hacerlo. Sin embargo, el tema es complejo porque lo que está prohibido en una ciudad no lo está en otra y como las normativas dependen de los ayuntamientos, las dudas pueden surgir a los propios usuarios.

Para aclarar su uso y tratar de limitar las situaciones de riesgo para los peatones, la DGT ha anunciado que tiene preparado un borrador, listo para ser aprobado cuando se cree un nuevo gobierno, para regular la circulación y estacionamiento de los vehículos de movilidad personal, sacándolos de las aceras.

Así, tal y como ha confirmado Pere Navarro a Servimedia, este borrador servirá como marco legislativo para toda España, ya que los ayuntamientos reclaman una normativa general con la que sentirse amparados a la hora de establecer sus propias medidas. Se trabaja así en la máxima de que “las aceras son para los peatones", en palabras del propio Navarro, quien recalca que un mal uso de estos vehículos genera problemas, especialmente, a los ancianos y a las personas con discapacidades, cuyas asociaciones han levantado la voz en reiteradas ocasiones.

Un Ayuntamiento, una normativa

Uno de los principales objetivos del nuevo borrador es dotar a toda España de una uniformidad en el uso de los vehículos de movilidad personal. Para comprobar las dudas que pueden surgir entre los usuarios, te dejamos el ejemplo de cómo se aplica la normativa sobre estos vehículos en tres ayuntamientos distintos:

  • Madrid: Los vehículos de movilidad personal y las bicicletas no pueden circular por las aceras y tienen prohibido aparcar en éstas siempre y cuando no se impida el paso peatonal. Esto es, debe existir un espacio libre de tres metros de ancho en la acera y dos metros de longitud hasta los paneles táctiles diseñados para las personas ciegas. En el caso de que la acera no llegue a seis metros, los patinetes deben aparcarse en paralelo al bordillo y si superan este ancho se aparcarán en semibatería. Si no se cumplen los anteriores requisitos, habrá que aparcarlos en zonas destinadas al aparcamiento de las bicicletas y si éstas no existieran en la zona reservada para los vehículos.

  • Barcelona: La normativa de la Ciudad Condal es mucho más difusa que la madrileña. Si bien coinciden en lo más general si hablamos de su circulación (no hacerlo por la acera ni zonas peatonales, salvo algunas excepciones), en el caso del estacionamiento se limitan a señalar que se podrá “en los espacios habilitados para hacerlo". Y, a continuación, señalan un buen número de lugares donde está prohibido, como atarlos al mobiliario urbano, en zonas de carga o descarga, salidas de emergencia u hospitales, entre otros.

  • Sevilla: El Ayuntamiento de Sevilla establece las mismas condiciones que en el caso de Barcelona. “Sólo se podrá estacionar en los lugares que específicamente se destinen para dichos vehículos", recalcando que queda prohibido hacerlo en las aceras, las zonas peatonales, el mobiliario urbano o el arbolado. La gran diferencia es que, en este caso tampoco se pueden aparcar en los espacios habilitados para las bicicletas.

Patinetes eléctricos: ¿tienen que tener seguro?, ¿cuántos tipos hay?  |  Foto: iStock

Relacionado

Patinetes eléctricos: ¿tienen que tener seguro?, ¿cuántos tipos hay?

7 alternativas eléctricas al coche: eBikes, eScooters, patinetes…

Relacionado

Alternativas eléctricas al coche para tu movilidad urbana: eBikes, eScooters, patinetes…