Las multas de verano: conducir sin camiseta, descalzo, en chanclas…

Todos tenemos malas costumbres al volante que pueden suponer multas... y algunas ni te las imaginas. Ya estamos en verano, así que te alertamos de prácticas comunes motivo de sanción: ¡hasta 200 €!

Jordi Moral. Twitter: @jordimoralp Foto: Cordon Press.

Las multas de verano: conducir sin camiseta, descalzo, en chanclas…
Las multas de verano: conducir sin camiseta, descalzo, en chanclas…

Llegó ya el verano y, para muchos, las vacaciones. Con ellas, la relajación, los largos viajes por carretera, el calor que vivimos de hace tiempo, estancias en la playa, recorridos cortos hacia el apartamento o la piscina… En definitiva, lo que hemos soñado todo el año. Por eso, para que una multa no te amargue las tan merecidas vacaciones, hacemos hoy de nuevo hincapié en una recopilación de prácticas habituales en esta época del año que son motivo de sanción… aunque la mayoría de conductores las desconozcamos. Muchas de estas costumbres tan arraigadas es verdad que, para considerarse infracción, deben estar motivadas. Y algunas de ellas, incluso, son ciertamente subjetivas, dependiendo del artículo concreto que quiera aplicar un agente sancionador. Pero muchas se dan en verano y, con la Ley en la mano, te avisamos que pueden ser motivo de sanción. No digas luego en septiembre que no te alertamos antes…

Conducir descalzo o en chanclas

¿Quién no conduce hasta la playa o una piscina en chanclas? Incluso conocemos a muchos conductores que prefieren hacerlo descalzos, porque les resulta menos incómodos. Pues bien, debes saber que puede ser motivo de sanción. En concreto, 80 euros (40 si es pronto pago). Aunque no estén tipificadas como tal en el Código de Circulación, la DGT considera que el artículo 17.1 (“Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos…”) y el 18.1 (“El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos) pueden motivar la sanción al poder interferir en el control del vehículo. Ir descalzos, con chanclas o con tacones podrían acogerse a esta infracción. Nosotros, desde luego, tampoco recomendamos conducir así.

Conducir sin camiseta

Un artículo ayer de Foro Transportistas lo puso de manifiesto, y es algo absolutamente desconocido para la mayoría de conductores. Según normativas de la DGT, conducir sin camiseta podría ser motivo de sanción al poder llegar a ser causante de quemaduras o rozaduras en caso de sufrir un accidente por la actuación del cinturón de seguridad o de un airbag. La sanción en estos casos debe estar motivada y argumentado el riesgo, pero incluso podría ser motivo de sanción si el agente considera que incomoda la conducción por el contacto con el asiento, mermando la capacidad de movimientos ya comentada en los artículos anteriores: los mismos de ir descalzos o en chanclas. Igualmente, podría ser motivo también de sanción si el agente considera que puede llegar a distraer al resto de vehículos e incrementar el riesgo de accidente. Imaginamos que sobre todo en el caso de mujeres conductoras. La sanción, la misma. En principio 80 euros.

Comer o beber al volante

Nos vamos de vacaciones y, en muchos casos, con largos desplazamientos en coche. Es lo más habitual refrescarse, beber, comer algo para sobrellevar mejor el viaje… Pero debes saber que puede ser motivo de sanción. Un simple sándwich o beber agua son prácticas que se agrupan dentro también de la obligación del conductor de mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. Son distracciones y se castigan con multa leve de hasta 100 euros, sin retirada de puntos.

Circular con el brazo o codo por fuera de la ventanilla

Hace calor, abres la ventana y llega esa costumbre tan española: sacar el brazo por la ventanilla y apoyarlo en el marco. Quizá esta sanción es más conocida, pero conviene recordarla. Y te puede salir muy cara: en concreto, otros 80 euros.

Tirar un cigarrillo por la ventana

Con esta sanción, no podemos estar más de acuerdo… especialmente en una época del año donde es potencial causa de incendio. Pero es verdad que en muchos conductores puede llegar a ser una práctica habitual sin ser conscientes de los riesgos. Por eso lo recordamos. Ahora que es más común llevar la ventanilla abierta, también es más común poder soltar el cigarrillo hacia fuera. En este caso la Ley dice que “arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulaciónestá prohibido. Y la multa que te impondrán son, aquí ya sí,4 puntos y 200 euros.

No llevar el permiso de conducir

También es habitual en verano que, en esos pequeños trayectos hacia la playa o la piscina, vayamos con lo imprescindible. El bañador, la toalla, el móvil… y poco más. No te descuides. Si un agente nos solicita el permiso de conducir y no lo llevamos encima, aunque lo tengamos en regla, nos imponen una multa de 10 euros. En caso de llevarlo, pero no haberlo renovado convenientemente, la sanción sube ya a 200 euros. Muy atentos.

Circula con la matrícula sucia

Vas a la playa o a la montaña, te metes un poco en la arena o en tierra y te despistas. La matrícula de tu coche acaba sucia. Pues atención, porque también puede ser motivo de sanción. Si te ve un agente de la Guardia Civil o la autoridad competente de tráfico que corresponda, tienes muchas posibilidades de ser multado con una sanción de 200 euros. Es lo que contempla el apartado 4 del artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial.

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