Se acaban los plazos de pago prolongados legalmente

El Senado tramita la modificación del artículo 228 de la ley de Contratos en el Sector Público La Cámara Alta ha iniciado la tramitación para la modificación del artículo 228 del Real Decreto 3/2011 sobre Contratos del Sector Público con la que se evitará que las empresas contratistas adjudicatarias de obra pública continúen sorteando los plazos de pago para liquidar facturas que, en la actualidad, son de dos meses.

Redaccion Transporte Mundial

Se acaban los plazos de pago prolongados legalmente
Se acaban los plazos de pago prolongados legalmente

El Senado tramita la modificación del artículo 228 de la ley de Contratos en el Sector Público

La Cámara Alta ha iniciado la tramitación para la modificación del artículo 228 del Real Decreto 3/2011 sobre Contratos del Sector Público con la que se evitará que las empresas contratistas adjudicatarias de obra pública continúen sorteando los plazos de pago para liquidar facturas que, en la actualidad, son de dos meses.

Según la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), "la modificación del artículo que limita los plazos máximos de pago de las grandes empresas constructoras de obra pública era una propuesta de la Plataforma largamente reivindicada"; además, señala la Plataforma, "gracias a esta modificación legislativa se acaba definitivamente con la contradicción legal que (...) facultaba al contratista de obra pública para que, en un abuso del derecho, pudiera pactar con los subcontratistas plazos de pago muy superiores a los sesenta días y sin que existiera limitación alguna del plazo máximo de pago contractual".

Esta práctica de pago a subcontratistas permitía a las empresas constructoras de obra pública pagar a sus subcontratadas en plazos de pago muy dilatados, lo que provocaba grandes desequilibrios. En la práctica, la modificación del artículo 228 del TRLCSP supone que las empresas adjudicatarias de obra pública deberán pagar a sus proveedores en un plazo máximo de 60 días, como marca la ley de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.