La devolución del céntimo sanitario plantea dudas

El gobierno pide consejo a la Comisión Europea

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Vuelve a subir el combustible para las vacaciones
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El gobierno pide consejo a la Comisión Europea

 

El Gobierno Español ha dirigido una consulta a la Comisión Europea respecto del importe del impuesto que deben devolver a los contribuyentes que presenten las reclamaciones.

El lío del gobierno se basa en que una parte del tramo estatal del impuesto declarado ilegal computaba dentro del importe mínimo de tributación fiscal que, obligatoriamente, los Estados miembros debían establecer sobre los carburantes.

Mientras tanto y según informa Fenadismer, el Ministerio de Hacienda ha señalado que respecto a las devoluciones:

• Sólo serán admitidas las facturas que contengan desglosado el importe del impuesto o que incluyan una referencia de que en el precio va incorporado el impuesto minorista o IVMDH.

• La solicitud de devolución podrá solicitarla el consumidor final o la gasolinera o petrolera, pero la devolución será sólo al consumidor final.

•No se admitirán las solicitudes de devolución que presenten las entidades emisoras de tarjetas de carburante.

• Las cantidades que se obtengan, deberán imputarse como ingresos en la base imponible del IRPF o del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio en el que se produjo la deducción.