El Real Decreto 197/2009 desarrolla la figura del TRADE

Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes

Redaccion Transporte Mundial

Curso de Gestión Financiera en Empresas de Transporte
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Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes


Los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE) deben estar atentos al Real Decreto 197/2009, publicado en el BOE del pasado 4 de Marzo, en el que se regula los contratos que los TRADE tendrán que suscribir con sus clientes, dentro del marco regulados del Estatuto de Trabajo Autónomo. TRADE son aquellos autónomos que tienen comprometidos al menos un 75 por ciento de sus ingresos con un único cliente, no tienen trabajadores por cuenta ajena a su cargo, ni subcontratan todo o parte de su actividad.

Los TRADE que operan en el transporte tienen un año para informar a sus clientes de su condición, aunque en nuestro caso esta comunicación no podrá realizarse hasta el segundo semestre, una vez que se apruebe el Contrato de Transporte Terrestre. Los clientes dispondrán d eun periodo de 18 meses par aadaptar los contratos que mantengan con los TRADE a la legalidad vigente.