PARLAMENTO Y COMISIÓN DECIDEN LA INTRODUCCIÓN DEL 3820
El Parlamento y la Comisión europeas han llegado a un acuerdo de conciliación en la que, por fin, ponen punto final a sus diferencias respecto al reglamento 3820/85 sobre tiempos de conducción y descanso y la directiva de control, por parte de los estados miembros.
Próximamente ambos organismos deberán presentar y votar cada uno por su cuenta el nuevo paquete legislativo y, posteriormente, se publicaría en el Diario Oficial de la UE; paso previo para que las legislaciones nacionales introduzcan los cambios pertinentes en sus propias normativas.
Las principales asociaciones de empresas de transporte han señalado que la nueva normativa recoge aspectos claramente negativos para el sector español por recortar la competitividad en las grandes distancias.
Además de que la Directiva sobre los controles que se deben realizar a las empresas ha aumentado los mínimos anuales, el reglamento 3820 incrementa el tiempo de descanso continuado y restringe la posibilidad de partir los descansos.
De la misma manera, el nuevo reglamento acuerda otras medidas como la extraterritorialidad de la norma por lo que en cualquier país de la UE se podrá sancionar a cualquier conductor, sea del país que sea.
Por último, la directiva de control ha decidido la creación de un comité compuesto por las autoridades de los Estados miembros para la coordinación en la política de inspección y para el intercambio de información.
Novedades
Entre otra muchas, de las novedades que aportará el nuevo cuerpo legislativo, destaca que el límite máximo de conducción semanal se fija en 56 horas. Las paradas de 45 minutos ya no se podrán partir en tres tramos, sino en dos y siempre que uno de ellos sea de al menos media hora.
También, el descanso diario simplificado pasa de 11 a 12 horas y no se podrá partir en tres tramos, sino en dos; pudiendo ser uno de ellos de un mínimo de tres horas, por lo que el siguiente deberá de ser de nueve. Sólo si este descanso se toma seguido, podrá ser de 11 horas.
De la misma manera, los conductores tendrán derecho a un descanso de fin de semana (45 horas) cada dos semanas de trabajo.
Acuerdo sobre la conducción y el descanso
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