Cuando la política se mezcla con la seguridad vial o con competencias de tráfico puede ocurrir lo que está sucediendo esta semana en Torrelameu, una localidad de la provincia de Lleida. En este municipio, de apenas 742 habitantes según el último censo de 2018, su alcalde, de ERC, ha decidido modificar todas las tradicionales señales de “Stop" por unas nuevas en catalán, del mismo color rojo de fondo y octogonales pero con el lema “Pareu". La polémica no ha tardado en avivarse.
Con hasta un total de 27 señales por calles de todo el municipio, en las dependencias de Torrelameu ya tienen las nuevas señales de “Pareu" que desde el pasado sábado día 9 de marzo comenzaron a instalarse, como nos muestra en Facebook un post de la Unión Internacional Defensa Motociclistas, que reproducimos a continuación, así como en la fotografía con la que abrimos el artículo.
¿Es o no legal modificar la señalización?
Dejando a un lado el debate político o si esta modificación es necesaria o no, nos centramos ahora en la vía legal. ¿Es denunciable esta nueva e inédita señalización? En declaraciones a la Cadena COPE, Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados, advierte que Torrelameu sería a partir de ahora responsable si se produce un accidente en el municipio. “Es una señalización inventada e ilegal y puede provocar problemas, incluso, se le podría exigir responsabilidad patrimonial a la administración si por el uso indebido de unas señales se produce un accidente".
Por su parte, el Ayuntamiento de Torrelameu argumenta que ha cumplido todos los trámites del Ministerio de Industria y que incluso le han concedido la patente. Sin embargo, este hecho no supone, según todos los expertos, vía libre para su instalación en la señalización de la vía pública. Además, consultadas las normas sobre señalización de tráfico previstas en el Artículo 58 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, el texto expresa directamente en su punto 3 que “Se prohíbe modificar el contenido de las señales o colocar sobre ellas o en sus inmediaciones placas, carteles, marcas u otros objetos que puedan inducir a confusión, reducir su visibilidad o su eficacia, deslumbrar a los usuarios de la vía o distraer su atención". La polémica, como vemos, vuelve a estar servida.