La nueva Ley de Tráfico ya está en vigor desde el pasado día 21 de marzo, y con ella ha llegado una nueva regulación para los denominados VMP (Vehículos de Movilidad Personal). Según la última instrucción, la DGT considera que estos vehículos son aquellos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y que son propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h.
Es decir, como ya sabrás, bajos estas siglas en realidad se regula la circulación de los multiplicados patinetes y bicicletas eléctricas, ya convertidos hoy en una nueva realidad de movilidad urbana. Las nuevas regulaciones ya indican que los usuarios de este tipo de vehículos, por ejemplo, deben someterse también a las pruebas de alcoholemia y drogas que consideren los agentes, bajo multas de hasta 1.000 € por dar positivo. También se les sanciona ya con 200 euros por usar el móvil en circulación o cualquier otro sistema de comunicación.
Pero hay más sanciones para estos vehículos: desde multas de 200 euros por usar auriculares, a la prohibición de circular por aceras y zonas peatonales, o de llevar otro pasajero a bordo, ya que están homologados para un único ocupante. De noche, además, deben llevar también un sistema de alumbrado o prendas y elementos reflectantes para asegurar su visibilidad.
El uso de #casco y otros elementos de protección cuando se conduce un #VMP, si la correspondiente Ordenanza Municipal regula su uso obligatorio, no usarlo se sancionará con 200 € y se procederá a la inmovilización del #vehículo.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) April 20, 2022
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Sin embargo, hay otra infracción que actualmente está menos regulada en el ámbito nacional, y que la DGT quiere advertir ya a todos los usuarios de los vehículos VMP. Se trata del uso del casco y de otros elementos de protección. Aunque de momento no está regulado directamente por la DGT, ni contemplado en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos sí se rige en muchas ocasiones por las distintas Ordenanzas Municipales de muchas ciudades y localidades.
Por ello, la DGT anuncia hoy que, “si la correspondiente Ordenanza Municipal regula su uso obligatorio”, no llevar casco y otros elementos de protección en estos vehículos conllevará a cabo una sanción “con 200 euros y se procederá a la inmovilización del vehículo”. Y es que el Reglamento General de Circulación sí estipula que, cuando sea obligatorio el uso de estos elementos (y la Ordenanza Municipal sí es capaz de regularlo), el artículo 118.1 establece que los agentes deben sancionar con 200 euros su incumplimiento, procediendo también a la inmovilización del vehículo de acuerdo al artículo 104.1.c del texto refundido de la Ley de Seguridad Vial.
Así que ya sabes: hoy en día es muy habitual ver por las calles a usuarios de patinetes eléctricos sin usar casco. Si es tu caso, infórmate bien de cuál es la Ordenanza Municipal de tu ciudad y no te arriesgues a la multa y a la inmovilización del vehículo. Además, por seguridad es más que recomendable usar siempre estos elementos de protección.