La visión de los conductores, sin control

Los centros de reconocimiento médico en los que se determina si una persona es apta para la conducción cuentan con notables carencias. Además, la falta de comunicación entre éstos y las Jefaturas de Tráfico conlleva a errores y casos que están lejos de garantizar la seguridad vial.

La visión de los conductores, sin control
La visión de los conductores, sin control

En el IX Fórum del Comisariado de Automovilistas Europeos (CEA), uno de los principales temas abordaos fue la salud visual y su impacto en la conducción. La principal conclusión extraída en estas jornadas se centra en las irregularidades de los centros de reconocimiento médico de nuestro país, así como las diferencias existentes entre los miembros de la UE respecto a este tema.

Según expuso Jose María Pérez y Pérez, secretario del grupo de expertos de CEA, los centros médicos que dan ‘el visto bueno’ a un futuro o renovado conductor no son lo suficientemente exhaustivos en esta materia. El baremo que actualmente determina la visión adecuada estima que, por debajo del 0,5 por ciento, una persona no es apta para conducir un vehículo (siendo 1 el total de la visión y 0,1 lo que se considera como ceguera laboral). No obstante, defiende Pérez y Pérez, un conductor con un 0,5 no puede ser obligado por el médico a utilizar lentes. Este vacío y la falta de rigor de los expertos se presentan como las principales carencias de cara a la seguridad vial.

En nuestro país, una media de 3 millones de conductores pasan por un centro de reconocimiento al año sobre el total de 23 millones personas con licencia. Esto supone que, en diez años, sólo se exploran de manera preventiva a la mitad de la población activa.

La DGT está estableciendo en la actualidad el traspaso telematizado de los datos obtenidos en los centros de reconocimiento a su Jefatura Provincial correspondiente. Además, se ha redactado un proyecto de Real Decreto en el que se estipula que cada centro debe estar dotado de un médico general, un oftalmólogo y un psicólogo, todos ellos con titulación. Este proyecto, que aún no se ha puesto en práctica en la mayoría de consultorías, es el que aseguraría, según explica Pérez y Pérez, una correcta actitud encaminada a la seguridad vial.

El problema es que, en nuestro país, la actual ley de protección de datos de carácter personal, que se contempla en el artículo 16 del aparatado del Código de Ética y Deontología del Consejo General de Médicos sección 15/99, impide la comunicación entre el centro médico y la Jefatura correspondiente. Esto puede llegar a casos en los que un profesional, por ejemplo el conductor de un autobús escolar, sufra una invalidez que no se ha puesto en conocimiento de Tráfico y, por tanto, su permiso no pueda ser invalidado.

Cada país europeo tiene sus propias normas en esta materia y la UE está lejos de unificar las mismas. Este objetivo se pretende alcanzar desde hace años. En el Reino Unido, la polít ica es diametralmente opuesta a la de España: el propio médico es quien informa a las autoridades de cualquier cambio en la salud de un conductor que puede afectar a la conducción.

- Operado de cataratas que, tanto con lentes como sin ellas, tiene más propensión al deslumbramiento - Efaquía: falta de cristalino, que provoca visión borrosa y dificultad de enfoque.
- DMAE: Degeneración Macular Asociada a la Edad
- Perdida de sensibilidad al contraste en relación a la edad avanzada.
- Glaucoma: pérdida del campo visual periférico.
- Miopía a partir de las seis dioptrías.
- Descompensación de las forias, que producen visión doble debido a la ingesta de bebidas alcohólicas, medicamentos y sustancias psicotrópicas.
- Nistagmus: movimientos involuntarios de los ojos.
-Todas las drogas que producen dilatación pupilar con la creación de imágenes aberradas y deslumbramiento. Excepto el opio, que produce el efecto contrario, constricción pupilar, también negativo para la visión. Dicha falta de comunicación entre los centros médicos y Tráfico se hace latente en casos como el de Pedro López, un conductor al que los Mossos D’Esquadra multaron con 300 euros por no llevar puestas las gafas mientras conducía. El problema es que este conductor se operó recientemente la vista y, a pesar de que tramitó la nueva documentación en un centro de reconocimiento, en Tráfico no plasmaron la modificación.

La gravedad del asunto radica en que este conductor no ha podido advertir este error burocrático hasta que ha sido demasiado tarde. Trànsit le obliga, para retirar la sanción, a hacerse un nuevo carné. Para ello, precisa de un duplicado del certificado médico que, al haber transcurrido tanto tiempo, ya no le pueden hacer. Por este motivo, López está obligado a pagar de nuevo 50 euros por el reconocimiento y, aun así, no le aseguran la retirada de la multa.