Después de mucha polémica, de declaraciones a favor y en contra y de un retraso de una semana para no coincidir con el Black Friday, Madrid Central ya es una realidad. Te contamos todo lo que tienes que saber para poder acceder al centro de la ciudad.
Madrid Central, qué es
Madrid Central ha sido concebido como una zona de bajas emisiones en el centro de la ciudad con el objetivo de reducir los gases contaminantes emitidos por el tráfico rodado. Automóviles y motos ya tienen el acceso restringido a buena parte del centro de la ciudad desde el pasado viernes 30 de noviembre, aunque se delimitan distintas restricciones en función de la etiqueta medioambiental y si se es, o no, residente.
Madrid Central: la delimitación de calles
Madrid Central cuenta con una superficie de 472 hectáreas, engloba las cuatro áreas actuales de prioridad residencial, conocidas como APR, y amplía su espacio a los barrios de Justicia y Universidad. Sus límites coinciden con el primer cinturón de circulación de Madrid, por lo que la mayor parte de sus calles fronterizas son paseos y bulevares, con la intención de que sus límites sean lo más claros posibles.
En concreto, las calles que delimitan el espacio restringido a la circulación son las siguientes (por estas vías limítrofes sí se puede circular):
Alberto Aguilera
Calle Génova
Paseo de Recoletos
Paseo del Prado
Ronda de Atocha
Ronda de Toledo
Ronda de Segovia
Calle Bailén
Calle Princesa
Todas las calles que tengan entradas a la zona restringida contarán con carteles anunciando que se están sobrepasando los límites exteriores de Madrid Central y el perímetro está marcado con una línea roja. Además, hay una serie de calles que por no tener una alternativa para circular fuera de la zona restringida, está permitida la completa libertad de movimientos. Estas son:
Calle Santa Cruz de Marcenado (de calle Serrano Jover a calle Mártires de Alcalá)
Calle Mártires de Alcalá (de calle Santa Cruz de Marcenado a calle Alberto Aguilera)
Avenida Gran Vía de San Francisco
Calle Bailén
Calle Algeciras
Cuesta Ramón
Calle Ventura Rodríguez (de calle Princesa a calle Duque de Liria)
Calle Duque de Liria (de calle Ventura Rodríguez a calle Princesa)
Madrid Central: su calendario
Hasta ahora, todas las acciones referidas a Madrid Central se han centrado en la señalización de las entradas de la zona delimitada y el pintado de la doble línea roja en el suelo, así como una campaña de información y concienciación al ciudadano. Pero ha sido, a partir de este 30 de noviembre, cuando la implementación se ha llevado a cabo.
Agentes de movilidad ya se sitúan en las entradas de Madrid Central para explicar a los ciudadanos, que sigan teniendo dudas, si están o no autorizados a entrar dentro del perímetro, así como proponer distintas alternativas a su circulación en el caso de que no les esté permitida la entrada.
Cuándo empezarán las multas
Este procedimiento estará vigente hasta el mes de enero, momento en el que los agentes abandonarán estas funciones y empezará a funcionar mediante cámaras el control de los vehículos al área. Del mismo modo, estará en pruebas el sistema de gestión de multas. Durante enero, no se multará a ningún conductor que incumpla la normativa, pero se enviarán cartas informativas avisando de que se está incumpliendo la normativa municipal.
Este periodo informativo se extenderá, al menos, dos meses, momento a partir del cual aquellos que circulen por el interior de Madrid Central sin la autorización pertinente comenzarán a ser multados. La cuantía, de 90 euros y 45 euros en pronto pago, es la misma que la que existe actualmente para quien entra sin autorización en una APR.
Madrid Central: las etiquetas de la DGT
Madrid Central se basará en las etiquetas de la DGT para permitir la circulación en el centro de la ciudad. En función del tipo de esta o de si tu coche la tiene, o no, existen distintos tipos de restricciones, ligados también a si somos o no residentes de dicha zona.
1. Coches con etiqueta cero emisiones y ECO
Los vehículos con etiqueta de cero emisiones y ECO son los únicos que cuentan con libertad plena de movimientos. Tanto si eres residente como si no, con estos automóviles podrás moverte por las calles que quieras y se podrá aparcar en la zona SER, aunque los automóviles ECO tendrán limitado su tiempo de estacionamiento a dos horas.
2. Coches con etiqueta C o B
Los coches con etiqueta C o B sí contarán con restricciones a la hora de circular. En caso de que no seas residente, con este tipo de automóviles sólo se podrá acceder a Madrid Central si tu destino es un aparcamiento de uso público o privado, un garaje particular o una plaza de aparcamiento municipal para residentes (PAR), así como un taller. En el caso de las motocicletas, no existen restricciones entre las 7 de la mañana y las 10 de la noche. Fuera de este horario tendrán que cumplir con las mismas limitaciones que los coches.
Si, por el contrario, eres un residente dentro del área de Madrid Central, podrás circular con total libertad, así como aparcar en la zona SER. Lo mismo sucede con los invitados (aunque éstos sólo podrán aparcar en la zona SER donde viva la persona que pedido la invitación), con los VTC, con los taxis, con los servicios públicos, las personas de movilidad reducida o las autoescuelas, aunque en este caso, los vehículos de dichas empresas que tengan distintivo medioambiental B sólo lo podrán hacer hasta diciembre de 2019.
3. Coches sin etiqueta
En este caso sí comienzan las verdaderas restricciones a la circulación. Todos aquellos que no sean residentes y no estén invitados y que, además, circulen con un automóvil sin la etiqueta medioambiental de la DGT no podrán acceder al interior de Madrid Central, salvo en tres excepciones:
Que el destino sea una plaza de aparcamiento particular o en un aparcamiento municipal. Esta excepción estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019.
Que el destino sea un taller. Esta excepción estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019.
Que seas una persona de movilidad reducida. Esta excepción estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
Si, por el contrario, eres un residente, tienes hasta el 31 de diciembre de 2024 para hacerte con un coche con distintivo medioambiental, ya que a partir de entonces sólo podrán acceder al interior de Madrid Central sin pegatina de la DGT aquellos automóviles reconocidos como históricos. En el caso de que seas un invitado, sólo podrás acceder al interior de la zona sin distintivo hasta el 31 de diciembre de 2019.
Madrid Central: cómo conseguir tus invitaciones
Aquellas personas empadronadas en la zona delimitada por Madrid Central y mayores de 16 años podrán solicitar invitaciones para quienes residan fuera de la zona. Para conseguirlas, en primer lugar, tienes que darte de alta en la base de datos de la gestión de accesos a Madrid centro, en la siguiente dirección:
Si eres mayor de 16 años y estás empadronado en el Distrito Centro, para conseguir el código de identificación que te permita tramitar permisos de acceso para tu vehículo y los de las personas que quieras invitar, puedes darte de alta en la base de daros de la gestión de accesos a Madrid Centro, en la siguiente dirección: https://sede.madrid.es, “Mi carpeta", o bien acudir en persona a alguna de las oficinas de Atención a la Ciudadanía. En caso de no tener que aportar documentación, podrás darte de alta por teléfono, llamando al 010 (915 298 219 para llamadas desde fuera de Madrid), o en la cuenta twitter @lineamadrid.
De esta manera, obtendrás un código de identificación que te permitirá tramitar hasta un máximo de 20 permisos individuales al mes de acceso a Madrid Centro de un día de duración y para un vehículo.