Toda la normativa que regula la actividad todo terreno, a un clic

Disfrutar de tu todo terreno por los lugares para los que teóricamente se ha pensado, es decir, por el campo, no es tan fácil como cabría pensar. No es simplemente ponerse a los mandos de este tipo de vehículos, dirigirse al campo y ¡a divertirse!. Además de una serie de consejos y recomendaciones, debemos respetar una normativa que no mucha gente conoce y que es bastante restrictiva a la hora de permitir el uso lúdico del todo terreno. Esta nos informa de por qué zonas podemos transitar, a qué velocidad, en qué épocas, etc. Multas económicas e incluso la cárcel son las consecuencias de su incumplimiento.

Toda la normativa que regula la actividad todo terreno, a un clic
Toda la normativa que regula la actividad todo terreno, a un clic

La verdad es que la legislación sobre la materia es bastante amplia. Así, de forma general, leyes estatales que regulan la actividad todo terreno son:

- Ley de Montes de 8 de junio de 1957.
- LEY 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
- Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
- Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Ley 19/2001, de 19 de diciembre, de reforma del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto legislativo 339/ 1990 de 2 de marzo.
Sin embargo, esta legislación es tan genérica que se hace necesario conocer, al mismo tiempo, la normativa que esta vigente en cada una de las comunidades autónomas españolas.

Olvídate de tener que buscarlas; desde Autopista Online, y con un solo clic, te damos la oportunidad de conocerla y te pedimos, por el bien de tu cuenta bancaria, que la cumplas.

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