Así figura en una resolución del Instituto para
Este programa de subvenciones, incluido en las medidas de ahorro energético aprobadas por el Consejo de Ministros el pasado 4 de marzo, supondrá la concesión de una ayuda total de 80 euros por vehículo, ya que es "imprescindible la renovación de los cuatro neumáticos de cada vehículo para poder acceder a la ayuda".
Los beneficiarios, que finalmente sólo podrán ser particulares, deberán tener en propiedad el vehículo en el que se sustituyan las ruedas, que tendrá que estar matriculado en España y al corriente en el pago del impuesto de circulación.
El programa de ayudas del IDAE, que entra mañana en vigor, permitirá que los fabricantes de neumáticos puedan incluir hasta el 17 de mayo sus productos en el catálogo de ruedas que pueden acogerse a la subvención.
A su vez, los puntos de venta e instalación de neumáticos podrán solicitar su adhesión al Programa Renove de Neumáticos a partir del próximo 10 de mayo. Las solicitudes para disfrutar de las subvenciones se podrán realizar hasta el 15 de diciembre o hasta el agotamiento de los fondos, que ascienden a 4,8 millones de euros.
El plan de ahorro energético aprobado por el Gobierno el pasado 4 de marzo contenía veinte medidas destinadas a reducir un 5 % las importaciones españolas de petróleo y ahorrar así 2.300 millones de euros al año. Entre esas medidas figura la reducción temporal del límite de velocidad en autopistas de peaje y autovías para turismos y motocicletas hasta los
En la resolución ministerial se definen los requisitos técnicos para la catalogación de los neumáticos de alta eficiencia energética, susceptibles de ser incorporados en el Catálogo de Neumáticos IDAE para acceder a las ayudas del Programa Renove de Neumáticos 2011.
Los requisitos son los siguientes:
1. Neumáticos de
2. Neumáticos cuyo Coeficiente de Resistencia a
3. Neumáticos cuyo Índice de Adherencia en superficie mojada (G) es igual o superior a 1,25 admitiendo un error en la medida del /-5%, según Reglamento (UE) 228/2011 o en su defecto según las indicaciones del Reglamento (CE) 661/2009.
4. Neumáticos cuyo valor medido de ruido de rodadura exterior no es superior a los siguientes valores según Reglamento (CE) 661/2009: cve: BOE-A-2011-7390 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 98 Lunes 25 de abril de 2011 Sec. III.