Multas: Me embargan

El coche es una de las fuentes más comunes de embargos, aunque no es lo que provoca deudas más cuantiosas. Te contamos los líos en los que te puede meter tu automóvil y cómo resolverlos.

Multas: Me embargan
Multas: Me embargan

Si crees que «hacerte el sueco» es la mejor opción para librarte de las multas, estás muy equivocado. No sólo tendrás que pagar «por las buenas o las malas», sino que además pueden embargarte parte de tus bienes. Para empezar, debes saber qué es un embargo. Se trata de la retención o secuestro de los bienes o dinero de una persona (física o jurídica) realizada por mandato de un juez o autoridad competente para hacer frente a las deudas o impagos contraídos. La necesidad del dictamen del juez para los embargos sólo se aplica en caso de deudas entre particulares, ya sean personas o empresas. El embargo por multas o tributos impagados supone deudas con las administraciones públicas, que tienen una especie de privilegio llamado «de autoridad». Esto significa que tienen derecho a ejecutar forzosamente los embargos de deudas contraídas contra ellas sin necesidad de acudir a los tribunales. Basta con que actúen de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley. Pero la ejecución de un embargo no podrá iniciarse hasta que la sanción que lo provoca sea firme, porque se han resuelto en contra todas las alegaciones y recursos, o porque han transcurido los plazos para interponerlos.Ahora bien, debes saber que hay distintos tipos de deudas y, a la hora de que te obliguen a pagar «a las bravas», unas son más fáciles de ejecutar que otras. El motivo es el llamado «principio de territorialidad», por el que una administración sólo tiene capacidad para embargar dentro de su territorio. El Estado, por tanto, no tiene ningún problema para cobrar de una u otra forma las deudas. Vamos, si tienes una multa de tráfico impuesta por la Dirección General de Tráfico (DGT), es muy difícil librarte de ella, a no ser que, por ejemplo, residas en el extranjero. Sin embargo, las multas e impuestos municipales son mucho más fáciles de evitar. Un ayuntamiento sólo podrá embargar la nómina de una empresa o una cuenta de un banco radicados en el municipio. Pero, ojo, no te confíes, porque esta situación ha provocado una gran morosidad con las deudas municipales, por lo que los municipios cada vez se muestran más activos en la firma de convenios de colaboración con diputaciones, comunidades autónomas o la Agencia Tributaria estatal. Por medio de éstos, un ayuntamiento encarga a una entidad con mayor territorio de actuación que gestione el cobro de las deudas y los embargos de aquellos morosos a los que no puede «meter mano». Pero la burocracia y los problemas de organización hacen que estos convenios no sean todavía efectivos al cien por cien.

Si estás casado y no tienes separación de bienes, los salarios, pensiones o retribuciones de tu cónyuge también podrán ser embargados para hacer frente a tus deudas. Además, debes saber que, cuando te embargan una cuenta, la Administración solicita al banco el bloqueo de la cantidad necesaria para saldar la deuda. Este importe quedará retenido, sin poder usarse, durante veinte días. Por otra parte, si tienes multas de Tráfico y la declaración de la renta te sale a devolver, te detraerán de esta cantidad el importe de la multa. Tras el largo proceso que supone ejecutar un embargo, la Administración debe atenerse escrupulosamente a un orden establecido por el Reglamento de Recaudación, para dictaminar qué parte de tus bienes pueden embargarte. 1.Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de depósito (bancos, cajas de ahorro, etc). 2.Valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo (acciones, letras, etc). 3.Sueldos, salarios y pensiones. 4.Bienes inmuebles y derechos sobre éstos (terrenos, casas, etc). 5.Establecimientos mercantiles e industriales (negocios). 6.Metales preciosos, joyas, antigüedades, etc. 7.Frutos y rentas de toda especie (alquileres, etc). 8.Bienes muebles y semovientes (coches, motos, etc). 9.Créditos, derechos y valores realizables a largo plazo.

Cómo recurrir una multa