Las multas más frecuentes en carretera, descúbrelas

Razones por las que te pueden multar hay muchas. Las hay más o menos conocidas, así que te conviene recordar lo que ya sabes y aprender lo que desconoces. Te contamos cuáles son las sanciones más frecuentes.

Rubén Leal. Twitter: @Rubenleal_motor

Las multas más frecuentes en carretera, descúbrelas
Las multas más frecuentes en carretera, descúbrelas

Sanciones únicamente económicas

Comenzamos con las multas por las que no perderás puntos del carné de conducir pero por las que sí que tendrás que afrontar un pago económico. Las más habituales son debidas a llevar la matrícula desgastada o tan sucia que no se puede leer bien alguno de los dígitos, por no hacer uso del chaleco reflectante, conducir sin la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) o con la licencia de conducir caducada, no llevar la rueda de repuesto (o el kit anti-pinchazos), circular sin el alumbrado que corresponda cuando la luz natural sea insuficiente o por saltarte un semáforo en ámbar, entre otras. Todas las infracciones anteriores son sancionadas con una ‘receta’ de 200 euros.

También hay otras infracciones bastante más leves como avisar mediante ráfagas de luz a otros conductores de la presencia de las autoridades, penada con 80 euros, o no llevar en el coche alguno de los documentos obligatorios (carné de conducir, permiso de circulación o tarjeta de la ITV y su correspondiente pegatina en la parte superior del parabrisas), esto último con una prácticamente simbólica sanción de 10 euros.

 

Pérdida de 3 puntos

Son debidas a infracciones catalogadas como graves. A los 200 euros de multa, habrá que sumar la correspondiente retirada de puntos. Estos casos se dan en situaciones en las que el usuario de la vía utilice dispositivos móviles prohibidos mientras conduce, no haga uso del cinturón de seguridad o de los sistemas de retención infantil homologados, realice un cambio de sentido poniendo en peligro a otros conductores o estacione o pare en sitios no permitidos, entre otros situaciones que se pueden dar en la carretera que están categorizadas en la Ley de Tráfico como graves.

 

Pérdida de 4 puntos

Hay infracciones graves y muy graves en las que la cuantía económica de la multa sería similar pero la retirada de puntos cambia. Perderán 4 puntos aquellos conductores que conduzcan bajo los efectos del alcohol y con un porcentaje en aire espirado de entre el máximo permitido (0,25 mg/l) y 0,50 mg/l, los que circulen sin el permiso adecuado y los que utilicen vehículos prohibidos en autopista o autovía. La multa por las infracciones anteriores es de 500 euros (simular a la de las consideradas como muy graves.

Las hay también que se consideran como graves (200 euros) pero que superan la retirada de puntos de éstas (cuatro en vez de tres). Serían aquellas en las que el conductor sea multado por arrojar objetos desde su vehículo, por realizar adelantamientos ilegales o poniendo en riesgo la vida de otras personas, no respetar las señales de tráfico de stop, ceda el paso y semáforos en rojo o no respetar la distancia de seguridad mínima exigida.

 

Pérdida de 6 puntos

Las infracciones más habituales y que son consideradas ante las autoridades como muy graves se deben al incumplimiento de los límites de velocidad, como circular a entre 181 y 190 km/h en vías en la que la máxima permitida es de 120 km/h o a entre 91 y 100 km/h en zonas urbanas limitadas a 50 km/h. La sanción económica en los casos anteriores será de 500 euros y superar en un solo kilómetro más (191 o 101 km/h) las velocidades establecidas, elevará la multa hasta los 600 euros y puede dar lugar (si así el juez lo dicta) a penas de cárcel, a realizar trabajos en beneficio de la comunidad y hasta a la retirada del permiso de conducir durante un máxima de cuatro años. Conducir con exceso de alcohol y superando la tasa de 0,50 mg/l en aire espirado también te hará perder los mencionados puntos, con multas de 500 euros e incluso de 1.000 euros para reincidentes o para aquellos que dupliquen los 0,50 mg/l. Lo mismo ocurre con la conducción bajo el efecto de las sustancias psicotrópicas, que en cualquier caso conlleva sanciones de 1.000 euros (penas de cárcel para los que se hayan considerado un peligro para la vía pública). Negarse a someterse a los controles de alcohol y drogas será considerado como una sanción muy grave, así como conducir de forma temeraria, agravándose si se detecta la presencia de las sustancias anteriores en el infractor. Además, utilizar inhibidores de radares ya está totalmente prohibido y las multas alcanzan la friolera de 6.000 euros más la retirada del carné de conducir durante 3 meses.