El Supremo anula la congelación de los peajes de 2000

El Tribunal Supremo ha declarado nula la congelación de los peajes de las autopistas del Estado que estableció el Gobierno en 2000. Ahora, Ejecutivo y concesionarias se reunirán con el fin de acordar unas compensaciones.

De Palacio, contra el “derecho de paso”
De Palacio, contra el “derecho de paso”

La decisión del alto tribunal se ha basado en dos principios que el Ejecutivo incumplió en marzo de 2000. Uno es de tipo formal y se refiere a que el decreto-ley aprobado no contó con el dictamen de los órganos consultivos pertinentes, como el Consejo de Estado. El otro, y más grave, es el hecho de que el Gobierno tomó una decisión que alteraba las condiciones de un contrato administrativo, lo que supone una alteración del equilibrio económico y financiero de la sociedad concesionaria.La sentencia, sin embargo, no señala si las concesionarias deben ser compensadas, ya que el decreto-ley ahora anulado no preveía un sistema de resarcimiento económico por el perjuicio ocasionado por la congelación de tarifas. A pesar de ello, lo más probable es que se produzca una negociación entre las empresas afectadas (Acesa, Iberpistas, Aumar, Autopista del Atlántico, Eurovías, Autopista del Atlántico, Eurovías, Autopista Concesionaria Astur-Leonesa y Autopista del Sol) y el ministerio de Fomento para acordar un resarcimiento económico o, en su defecto, un incremento de los plazos de concesión de la autopista. Otro de los aspectos a estudiar es la pérdida de base tarifaria sobre la que se han aplicado las subidas de años posteriores y sobre la que se operará en el futuro. En marzo de 2000, el Gobierno aprobaba un decreto-ley por el que se congelaban la revisión anual de tarifas en las autopistas del Estado. Esta decisión, promulgada por el ministerio de Fomento, que en esos momentos dirigía Rafael Arias-Salgado, perseguía el objetivo de controlar la inflación y abrir un proceso negociador encaminado a cambiar el modelo de revisión de los peajes. Hasta ese momento se usaba una complicada fórmula que tenía en cuenta variables como el IPC o los flujos de tráfico. A partir de esa fecha se optó por los pactos bilaterales.

Cuatro meses después, la mayor parte de las concesionarias decidieron recurrir ante el Tribunal Supremo, que acaba de darles la razón.