La Ley de Garantías no afecta a los talleres

La Confederación Española de Profesionales de Automoción (CONEPA) ha hecho público un comunicado en el que defiende que la reparación de automóviles en talleres no entra dentro de la aplicación de la nueva Ley de Garantías.

Los servicios jurídicos de CONEPA han analizado el texto legal de la nueva Ley de Garantías que entró en vigor el pasado 11 de septiembre. Según su interpretación, esta normativa “no tiene aplicación directa a las reparaciones ejecutadas en los talleres de automoción con o sin suministro de materiales".Dentro del análisis se demuestra que la ley se centra simplemente en los casos de compraventa, no en los de reparación en talleres. Algunas opiniones, sin embargo, señalan que la actividad de la reparación sí está incluida en el texto y citan, para demostrarlo, el artículo 2 en su párrafo 2º que incorpora “los contratos de suministro de bienes de consumo que hayan de producirse o fabricarse" y el artículo 3, en su apartado 2º que incorpora la frase “a la correcta instalación del bien".En respuesta a éstas, los servicios jurídicos de CONEPA indican que lo que se cita en el artículo 2 es una figura análoga a la compraventa, mientras que la voz “instalación" se refiere a la prestación de un servicio derivado del negocio jurídico principal, que es la compraventa. Es decir, no se refiere al mundo del automóvil, sino a aquella compra que viene asociada a una posterior instalación del objeto adquirido, como un aire acondicionado.Tras citar otra serie de ejemplos que pueden llevar a equívoco a la hora de interpretar la ley, CONEPA concluye que la reparación de automóviles no se ve afectada por la entrada en vigor de la Ley de Garantías, debiéndose mantener en todos sus extremos el Decreto 1457/86, los Decretos Autonómicos y demás normas concordantes.