Autobuses, sin cinturón hasta 2020

Hace ahora dos años que entró en vigor en nuestro país un Real Decreto que regulaba el transporte escolar y que fue recibido con rechazo en casi todos los ámbitos sociales. Pues bien, ahora la Comisión Europea impulsa una normativa similar, con más rango, que tiene parecidas características a las criticadas en aquel momento, pero que ha sido mejor recibida.

Según la nueva normativa que presenta estos días la Comisión de Transportes de la Unión Europea y que podrá entrar en vigor durante el primer trimestre del año que viene, todos los autobuses tendrán que instalar cinturones de seguridad en todos los asientos. No obstante, esta medida no afecta a los autocares ya fabricados o a los que estén saliendo de las cadenas de montaje en el momento de la entrada en vigor del reglamento. Esto significa que, como los autobuses tienen una vida útil de unos veinte años, puede ser que en 2023 haya vehículos no adaptados a esta medida. Además, este reglamento no afectará a los autobuses de transporte urbano. Según los estudios llevados a cabo por la UE, incluir el cinturón de seguridad en el transporte urbano sería poco beneficioso, debido a la corta duración de los trayectos (los pasajeros casi tardarían más tiempo en ponérselo y quitárselo que el que lo llevarían puesto). De la misma forma, no es recomendable incluir estos dispositivos de retención en los vehículos que, de serie, no lo llevan. En caso de accidente, el empuje resultante de la retención que causan los cinturones podría deformar la estructura del vehículo y causar mayores daños que beneficios a los ocupantes.

Incluir el cinturón de seguridad en el transporte urbano sería poco beneficioso, debido a la corta duración de los trayectos. Entre los puntos más importantes que cita la norma española, que sustituye a una de 1983, y que esperemos mejore la nueva europea, había tres puntos fundamentales: antigüedad de los vehículos, obligatoriedad de llevar a un adulto que se responsabilice de los pequeños y que cada niño ocupe un asiento. Las dos primeras medidas no fueron bien recibidas por la patronal de autobuses, Asintra. Según esta asociación, si un autobús tarda en amortizarse una década y se reduce su vida útil de 18 a 16 años, según la norma, –los padres pedían sólo 12 años de vida útil- los transportistas de viajeros se verían perjudicados. Además, con la inclusión de una nueva persona se planteaba un dilema: ¿quién la paga? La asociación de transportistas pensaba que debería ser el colegio y los colegios que debería hacerse cargo la empresa de transporte. Este año, en Madrid –donde están transferidas las competencias de Educación- se ocupan las empresas de transporte de contratar y pagar a las azafatas. El año pasado se ocupó de gestionar el servicio la Comunidad de Madrid. En el tercer punto, que los niños ocupen un asiento, no hubo discusiones, a todas las partes les pareció justo. La UE también ha legislado acerca de la común y peligrosísima práctica de llevar a los niños pequeños en el regazo de un adulto (en la imagen, una prueba de choque con dummies niños). La nueva normativa prohíbe terminantemente esta práctica y la de llevar a los pequeños en el asiento delantero, aun cuando vayan provistos del sistema de retención adecuado, si el vehículo lleva airbag de pasajero no desconectable. Esta prohibición es totalmente lógica, ya que, en caso de impacto, la activación del airbag puede dañar muchísimo más al pequeño que el accidente en sí. En Autopista Online hemos hecho bastantes reportajes acerca de los niños y los sistemas de retención en los automóviles. Más abajo te ofrecemos los enlaces a todas estas informaciones.