La UE reconoce la legalidad del segundo Plan Renove

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló ayer la decisión del Ejecutivo comunitario de declarar ilegal el Plan Renove, que fue adoptado por el Gobierno español en 1997. Según Bruselas, el mecanismo de subsidio podía considerarse una ayuda de Estado ilícita, pero los jueces han encontrado fallos en esta argumentación.

La UE reconoce la legalidad del segundo Plan Renove
La UE reconoce la legalidad del segundo Plan Renove

En una sentencia emitida ayer, los jueces del Tribunal de la Unión Europea han considerado defectuosa la argumentación elaborada por el Ejecutivo comunitario para calificar como “ilegales" las ayudas que el Estado ofrecía en el plan de renovación de vehículos industriales, puesto en marcha en 1997.

Éste fue el mismo razonamiento que se utilizó para intentar abolir la primera versión del Plan Renove, que estuvo en vigor desde agosto de 1994 hasta diciembre de 1996. La Comisión, en 1998, también dictaminó en contra, pero, el pasado mes de septiembre, el Tribunal se pronunció a favor.

El 1 de enero de 1997, el Ministerio de Industria y Energía firmó un convenio con el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con el fin de establecer un nuevo régimen de ayudas para la adquisición de vehículos industriales. Con este plan, cuya duración prevista era de 12 meses, el Gobierno pretendía contribuir al rejuvenecimiento de esta clase de medios de transporte –para aumentar la seguridad vial y la reducción de emisiones a la atmósfera-, por lo que condicionó la concesión de las subvenciones a la retirada de otro automóvil de, al menos, 10 años de antigüedad. El ICO financió este proyecto con una línea de crédito de 35.000 millones de pesetas. Los préstamos –para pymes y empresarios autónomos- otorgaban una bonificación de 85.000 de las antiguas pesetas por cada millón prestado, lo que equivalía a una ayuda del 8,5 por ciento de lo financiado, que debía ser amortizado en cuatro años.

La entidad concedió préstamos de hasta el 70 por ciento del valor del nuevo vehículo, mientras que el Ministerio compensaba el tipo de interés aplicado por el instituto y el que hubiera debido pagar el conductor en una transacción normal. Así, el importe total de la operación estatal se cifra en 18 millones de euros (3.000 millones de pesetas), que fueron reclamados por la Comisión en el año 2000.

Este organismo aducía que la segunda versión del plan Renove constituía una ayuda de Estado ilegal, ya que, en un mercado único de transporte, las subvenciones reservadas a las empresas españolas podían distorsionar la competencia y, además, el proyecto sólo se encaminaba a la mera sustitución de vehículos. Sin embargo, tras el recurso interpuesto por España, el Tribunal de la UE no ha considerado válida la argumentación de la Comisión. Los jueces no valoran si las ayudas son pertinentes: han anulado la decisión por considerar que la oposición al Plan Renove industrial no tenía un razonamiento correcto. El Tribunal ha asegurado que la Comisión no aclara si considera el proyecto como subvenciones a la inversión o al funcionamiento (estas últimas son las que podrían distorsionar la competencia), por lo que, según concluye, no atenta contra las normas comunitarias.