Los ayuntamientos no pueden multar a los conductores que usen el móvil

El Ayuntamiento de Madrid estuvo cuatro años multando a los conductores que hablaban por teléfono móvil, aunque la Ley de Seguridad Vial vigente en aquellos momentos no decía nada al respecto. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido derogar esa ordenanza, ya que el consistorio "es manifiestamente incompetente" en estos aspectos del tráfico.

Cuatro años a razón de más de 20.000 multas de 15.000 de las antiguas pesetas por cada ejercicio: el Ayuntamiento de Madrid engrosó considerablemente sus arcas con los conductores que usaban el móvil. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictaminado que la ordenanza que establecía dicha prohibición es nula.

Con esta sentencia no se regula el uso del teléfono al volante -a no ser que se disponga de un dispositivo de "manos libres" integrado en el coche, está prohibido desde enero de 2002-, sino que se delimita las funciones de los ayuntamientos. Según el Tribunal Superior de Madrid, el consistorio presidido por Álvarez del Manzano "es manifiestamente incompetente" para regular materias que afectan a la conducción de vehículos. Su función debe limitarse a reglar el estacionamiento o la ocupación de la calle por los coches.

Sin embargo, en 1998, dicho Ayuntamiento decidió cubrir lo que era un hueco legal: el uso del móvil en los coches. Aunque que la entonces vigente Ley de Circulación Vial no decía nada al respecto, redactó una ordenanza que en su artículo 24 establecía la prohibición "de utilizar teléfonos móviles cuando se esté conduciendo".

En enero de 2002 se aprobó la nueva Ley de Circulación Vial, una normativa con carácter estatal que contaba con una prohibición expresa del uso del móvil. Sin embargo, el Ayuntamiento madrileño estuvo hasta agosto con su propia ordenanza.

Las multas que los ayuntamientos no deben poner
Telefónica Móviles decidió recurrir dicha ordenanza y -años después- un tribunal le ha dado la razón. Sin embargo, la sentencia no tendrá un impacto muy significativo. Sólo los conductores que no han pagado las multas o aquellos que las hayan recurrido no tendrá que abonarlas. Al resto, no se les devolverá el dinero.

Mario Arnaldo, presidente de la agencia de defensa a los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA), recomienda que no se recurran, ya que tendrían que acudir a un procedimiento caro y engorroso: "les va a costar más el collar que el perro", asegura. Sin embargo, AEA celebra la sentencia. "En 1998, antes de redactar su ordenanza, el Ayuntamiento nos consultó. Nosotros –aunque siempre hemos manifestado nuestro rechazo al uso del móvil, incluso del manos libres, cuando se conduce- nos opusimos. Ante todo, hay que ser respetuosos con la ley", destaca.

"La sentencia evidencia el poco respeto que los ayuntamientos tienen por el cumplimiento de la ley. Saben que un recurso tarda mucho en resolverse y, entre tanto, se aprovechan", advierten.

En la actualidad, según Mario Arnaldo, el consistorio madrileño continúa aplicando multas ilegales como el artículo 112 de la ordenanza de 2002, que establece que no se aplicará el 30 por ciento de descuentos en las multas por pronto pago a los conductores reincidentes (a pesar de que la Ley de Seguridad Vial no dice nada al respecto) o la posibilidad de anular una multa en la denominada ORA por tres euros.

Madrid no es el único ayuntamiento que ha estado multando a los conductores por usar el móvil. Como señalan desde AEA, en multitud de ciudades, los consistorios se han extralimitado: los ayuntamientos de Oviedo, Barcelona, Sevilla, Soria, Valencia, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Pamplona, Santander, León, Burgos, Valladolid, A Coruña, Zaragoza, Pontevedra y Segovia -entre otros- también multaban por este motivo aunque no era su competencia.