Imponen 15 años de cárcel al acusado de matar a puñaladas al portero de un club de alterne de Alfàs del Pí

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a 15 años de prisión a un hombre acusado de asesinar a puñaladas al portero de un club de alterne situado en la localidad alicantina de Alfàs del Pí, en abril de 2010, si bien ha absuelto del delito de encubrimiento al primo del procesado.

Al condenado, que responde a las iniciales J.S.R., también se le ha impuesto una multa en concepto de indemnización de 100.000 euros para la madre del fallecido, y de otros 12.000 para el hermano de la víctima de la supuesta agresión. Contra esta sentencia se puede interponer recurso de apelación ante la sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Los hechos se remontan a la madrugada del 9 de abril de 2010, cuando J.S.R. acudió junto a su primo --I.R.M.-- en un automóvil al club de alterne 'Secret-Amor', en la partida la Estrada, en Alfàs del Pí. Una vez allí, estacionaron el vehículo a las puertas del local, saludaron al portero, F.F.G., y accedieron al interior, donde el acusado entabló conversación con el encargado, J.H.M., a quien preguntó si podía darle trabajo en el local, de camarero o de portero.

Transcurridos unos veinte minutos, y sin incidencia alguna de reseñar, salieron al exterior del recinto acompañados del encargado, tras lo que J.S.R. se subió al turismo mientras que I.R.M. volvió a conversar con el portero del establecimiento, con la intención de que invitara a ambos a beber unos 'chupitos', según consta como probado en la sentencia.

A continuación, y tal y como recoge el relato judicial, el procesado, que había accedido al interior del vehículo, cogió una navaja de 20 centímetros y se dirigió rápidamente al vigilante del club para, sin motivo alguno y con intención de acabar con su vida, asestarle de forma súbita y sorpresiva varios navajazos, uno en el tórax --herida mortal que le penetró en el corazón y que le produjo la muerte--, dos en la zona izquierda del abdomen, y otris en el antebrazo izquierdo al tratar de defenderse.

Como consecuencia de las heridas sufridas en este ataque, F.F.G., de 50 años, falleció. Tras la agresión, ambos acusados se marcharon apresuradamente del lugar, con el ahora condenado al volante del turismo. Mientras tanto, el encargado del negocio, que había presenciado los hechos, huyó a la carrera en dirección a una parada de taxis cercana.

Una hora más tarde del incidente, el agresor y su primo fueron localizados por una patrulla policial a bordo del mismo vehículo en el estacionamiento del club de alterne 'Mesalina', situado en la avenida de Finestrat, en el mismo municipio alicantino. Por su parte, la navaja presuntamente utilizada en el apuñalamiento fue encontrada bajo el vehículo de los arrestados, justo en la zona de la puerta del conductor.

SENTENCIA

En la resolución se explica que la causa directa de la muerte de F.F.G. es la 'certera y profunda puñalada en el corazón' asestada al portero, un hecho que 'no admite discusión alguna', y que queda refrendado con el 'detallado informe pericial de los médicos forenses que efectuaron la autopsia del cadáver'.

Sobre la determinación de la autoría del apuñalamiento, la sentencia reza que para esclarecer la responsabilidad es 'fundamental' la 'declaración creíble y persistente' del único testigo presencial, el encargado, un testimonio 'perfectamente corroborado por la grabación de la cámara de vigilancia exterior del local'.

Además, en la navaja que supuestamente empleó el acusado para asesinar al portero se encontraron restos de sangre que, debidamente analizada, se correspondía con el ADN de la víctima. Igualmente, en el filo del arma, 'de modo que sólo quien la tuvo abierta pudo dejarla, apareció la huella de uno de los dedos' del ahora condenado.

Por último, la sentencia establece que la intención de matar queda acreditada por el arma utilizada, una navaja, tipo 'faca', de proporciones destacables con más de veinte centímetros de hoja, en afilada punta y lado cortante, así como por la reiteración de cuchilladas, aunque sólo una llegó a acertar de pleno en el corazón.

Sobre este asunto, y a la hora de establecer una decisión judicial, también han primado 'el carácter sorpresivo e inesperado del ataque, la inexistencia de enfrentamiento o discusión previa con el vigilante o encargado de seguridad que hiciera pensable la existencia de un ataque de tal entidad y características', y 'lo rápido de la acción, que impidió ninguna reacción defensiva de la víctima que se encontraba a escasos uno o dos metros del vehículo de donde salió el autor con la navaja'.