Circular mal por una rotonda está sancionado. Sí, quizás te lo hayas preguntado en muchas ocasiones, especialmente cuando ves a conductores que no respetan los ceda el paso, cortan los carriles o no utilizan el intermitente para avisar de sus intenciones.
Tal y como recordaba la DGT en el tweet que tienes más abajo, para circular por una rotonda es necesario mantener la trayectoria por el carril que estamos circulando (a ser posible por el derecho), debemos señalizar nuestros movimientos con el intermitente y, para salir, tenemos que situarnos en el carril exterior.
No llevar a cabo alguna de estas maniobras (además de la obligación de respetar el ceda el paso) está castigado como cualquier otro movimiento no permitido o no señalizado que llevemos a cabo en otro escenario o carretera.
¿Ya has empezado a cumplir tu lista de buenos propósitos para el nuevo año?
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) January 3, 2019
No olvides incluir:
✅Poner intermitentes.
✅Circular por carril derecho.
✅Respetar rotondas.
Todos ganamos con ello👏👏👏
#FelizJueves #DGTeros pic.twitter.com/9Lj8YgKJ3a
Así, no podemos olvidar que el Reglamento de Circulación, en su artículo número 74, especifica que “el conductor de un vehículo que pretenda girar a la derecha o a la izquierda para utilizar vía distinta de aquella por la que circula, para tomar otra calzada de la misma vía o para salir de ella deberá advertirlo previamente y con suficiente antelación a los conductores de los vehículos que circulan detrás del suyo y cerciorarse de que la velocidad y la distancia de los vehículos que se acerquen en sentido contrario le permiten efectuar la maniobra sin peligro, absteniéndose de realizarla de no darse estas circunstancias".
Esta cita la encontrarás en el apartado primero, mientras que en el segundo se señala que “toda maniobra de desplazamiento lateral que implique cambio de carril deberá llevarse a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretende ocupar".
Cualquiera de estas dos menciones también hace referencia, por su puesto, a las rotondas, ya que éstos no son espacios en los que “todo vale" o donde las normas de Tráfico dejan de tener valor. Si atendemos a su sanción, incumplir alguno de los párrafos anteriores está considerado como una infracción grave y, por tanto, está castigada con 200 euros de multa.
Así, la próxima vez que tomes una rotonda cortando por el centro del carril y sin poner los intermitentes recuerda que estás incurriendo, al menos, en cuatro infracciones:
No respetar el ceda el paso.
Desplazarse al centro de la rotonda (superando un carril) sin poner el intermitente.
Desplazarse al carril exterior sin poner el intermitente.
Tomar la salida a otra vía sin poner el intermitente.
Todas estas infracciones pueden multiplicarse si, además, el tráfico en el momento no permite realizar estos cambios de carril con seguridad o la rotonda tiene más de dos carriles y cortamos todos ellos.