La DGT exige penas más duras

Ni una sola contemplación más para los delitos contra la seguridad del tráfico. Así de claro lo ve la Dirección General de Tráfico, quien exige modificar la normativa de circulación enviando los casos más graves a un Código Penal que, a su juicio, debe ser endurecido. La drástica propuesta, por el momento, no ha sido bien recibida desde el Poder Judicial.

Fallecen 18 personas en las carreteras
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Desde Terra Autopista ya lo venimos anunciando: la Dirección General de Tráfico (DGT) quiere endurecer las penas que castigan los delitos contra la circulación. El objetivo es reducir sensiblemente las cifras de siniestralidad en nuestro país. Así, la DGT pretende blindar los actuales delitos contra la seguridad del tráfico endureciendo drásticamente un Código Penal un tanto “borroso" en alguno de sus casos.Y es que, a juicio de la propia DGT, la redacción misma de alguno de estos delitos permite un amplio margen de discrecionalidad a los jueces. Nada mejor, pues, que “reescribir" el código y sus faltas y concretar sin dejar “grietas" qué es delito y qué no. De ese modo, según las autoridades de Tráfico,no existiría ningún tipo de fisura que invite a la reinterpretación de la pena a favor de un acusado.De aceptarse la propuesta, la DGT –que depende del Ministerio del Interior- enviaría a la vía de lo Penal ciertos casos como el de superar un cien por cien el límite de la tasa de alcohol en sangre, superar en 60 kilómetros por hora el máximo de la velocidad permitida o continuar conduciendo tras la retirada del carné.Dicha propuesta, según publica hoy el diario ABC, encuentra “ciertas resistencias judiciales". Más allá de la vía Administrativa y tras la última reforma del Código Penal en 2003, los delitos contra la seguridad del tráfico aún invitan a multitud de interpretaciones judiciales.El mismo periódico da buena cuenta de alguno de ellos. Por ejemplo, cita el artículo 379 que castiga “al que condujera (…) bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes…", aunque no especifica bajo qué limites, tal como Terra Autopista ya publicó en otro reportaje (ver enlaces).En cuanto a la conducción temeraria, el artículo 381 habla de “temeridad manifiesta", lo que admite diversas interpretaciones. De momento, la polémica ya está sobre la mesa.La DGT, por otra parte, ha rechazado la petición formulada por la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) de eliminar las restricciones de tráfico y ampliar los periodos de circulación durante las franjas horarias de menor intensidad circulatoria. Por su parte, la CETM considera que la eliminación de dicha rigidez afectaría no sólo al transporte normal, sino al de mercancías peligrosas “garantizando los parámetros de calidad y seguridad".