La justicia de tráfico, bajo la lupa del Congreso

¿Sabías que puede recibir más castigo una persona que vaya a 160 km/h que un conductor que mate a un peatón? Si un agente de la Guardia Civil pilla a alguien al volante sin carné, casi seguro escuchará una insólita petición: mejor ir ante el juez que pagar la multa. La Comisión de Seguridad Vial quiere poner fin a tanta incongruencia.

El Defensor del Pueblo, contra la violencia vial
El Defensor del Pueblo, contra la violencia vial

La Comisión de Seguridad Vial en el Congreso tiene un duro calendario por delante. Según han anunciado, el próximo mes abordarán una reforma global de los delitos de tráfico recogidos en nuestro Código Penal. Primero tienen que oír a todos los grupos implicados. No sólo tendrán voz los 42 políticos que componen la Comisión. También están citados varios expertos en tráfico y penalistas (que ya han empezado a comparecer). Los últimos en hablar serán las víctimas de la carretera. Cuando hayan escuchado todas las ponencias, llegará el momento de tomar una decisión. El debate parece arduo: a continuación te explicamos algunos de sus puntos de fricción. El Código Penal parece ir en dirección contraria por nuestras carreteras. Casos iguales han terminado con sentencias muy contradictorias. Desde muchos estamentos se apunta que hay demasiada discrecionalidad para los jueces. El director de la DGT, Pere Navarro, es una de esas voces críticas. Hace un par de semanas pidió en el Congreso penas más duras para los infractores. En concreto, pedía que se tratasen directamente como delito penal los excesos de velocidad que superen en 60 km/h los límites marcados y lo mismo para la conducción con más de un gramo de alcohol en la sangre. Sin embargo, la medida ha recibido el rechazo directo de todos los clubes automovilísticos. Según argumentan, estos delitos no valoran qué resultados se produjeron. Es cierto que la propuesta de la DGT acabaría con la discreción: una velocidad de 180 km/h, por ejemplo, equivaldría directamente a la cárcel. Llegaría el turno de los “jueces autómatas", como nos explicaban en Automovilistas Europeos Asociados. Sin embargo, se plantearía una seria incongruencia penal: tendrían más castigo estos conductores que los que hubieran atropellado a un peatón. Según nuestro Código Penal, la conducción temeraria se castiga con penas de cárcel de seis meses a dos años y con la prohibición de conducir de uno a seis años. Por su parte, el que haya cometido un homicidio imprudente irá a prisión cuatro años. Además, en este último caso, el juez no valoraría, por ejemplo, que se hubiera matado a un peatón, sino qué grave era la imprudencia que cometió la persona en ese caso, lo grave que fue su error.

No te pierdas por los pasillos. Te abrimos directamente las puertas de la Comisión de Seguridad Vial. Cómo funciona, por qué es tan importante, qué temas aborda... Todas nuestras dudas son aclaradas por su propio presidente, Jordi Jané.
Entrevista a Jordi Jané.
¿Es justo que a 180 km/h se mande a un conductor a la cárcel? ¿Reducirá el número de accidentes esta medida?
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