AEA contra el conductor habitual

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha recurrido ante la Audiencia Nacional la orden del Ministerio del Interior, por la que se estableció la posibilidad de que los titulares de un vehículo o las empresas que se dediquen al alquiler de vehículos a largo plazo ('renting') nombren anticipadamente al conductor habitual de ese vehículo para que reciba directamente las sanciones que cometa.

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La orden ministerial, que ya estaba contemplada en la última reforma de la Ley de Tráfico, entró en vigor el 16 diciembre de 2010. Hasta ese momento, las multas llegaban siempre al titular, que posteriormente tenía que remitirlas a Tráfico para informar quién era el conductor en el momento del accidente. No obstante, con el nuevo sistema se permite nombrar a un conductor habitual que reciba en primer lugar las notificaciones de sanción.

AEA considera 'absolutamente desafortunada y lesiva' la redacción de la orden del Ministerio del Interior, ya que considera que se permite que los titulares de los vehículos y las empresas de renting puedan 'desentenderse de su obligación de identificar al conductor cada vez que se comete una infracción'.

La asociación de automovilistas considera que la norma 'se ha redactado de forma que favorece exclusivamente a los titulares de los coches, a las empresas de renting y a la Administración, y perjudica a los conductores, ya que no se ha previsto la posibilidad de que el conductor --que en un momento determinado consiente ser designado como habitual--, pueda revocar con posterioridad dicha designación y darse de baja en el registro, a fin de quedar exonerado de cualquier obligación respecto de vehículos que ni conducen ni tienen bajo su control'.

'Es evidente, tal y como esta redactada la norma, que detrás existe un importante interés económico de más de treinta millones de euros al año, que se ahorrarán la empresas de alquiler a largo plazo y las distintas administraciones con competencia en materia de tráfico. Y si bien compartimos la idea de que es necesario simplificar los procedimientos administrativos, entendemos que esto no se puede hacer a costa de cercenar los derechos de los ciudadanos', denuncia el presidente de AEA, Mario Arnaldo.

Concretamente, los automovilistas calculan que la nueva normativa las empresas de renting pueden ahorrarse al año 8,4 millones de euros; la DGT, 6,6 millones euros; el Gobierno Vasco, que tiene transferidas las competencias de tráfico, 1,6 millones de euros; la Generalitat de Cataluña, que también tiene las competencias de tráfico, 1,6 millones de euros; y los ayuntamientos, 14,8 millones de euros, al no tener que cumplimentar millones de notificaciones.

Según AEA, cada año se tramitan en España quince millones de procedimientos sancionadores. En la actualidad transcurren unos cinco meses hasta que el infractor conoce el inicio del procedimiento, a diferencia de lo que ocurre cuando se trata de una persona física, que recibe la notificación en quince días.

En aproximadamente 7,5 millones de procedimientos sancionadores no tiene lugar la detención del vehículo, y en un diez por ciento están afectados vehículos en régimen de arrendamiento a largo plazo (renting), según AEA, que señala que 'cada vez es más frecuente que no coincida el titular de un vehículo con el conductor, pues un 40 por ciento se matriculan a nombre de personas jurídicas' y la identificación del conductor 'resulta cada vez más problemática'.

En este sentido, la asociación reconoce que 'con la normativa de Interior recientemente aprobada sin duda se puede ahorrar tiempo y dinero', pero insiste en que 'no se garantizan los derechos de los conductores que pueden seguir recibiendo multas por infracciones que no les corresponden'.

Como ejemplo, AEA señala el caso de empleados a los que se le asignan vehículos de empresa para realizar funciones comerciales, o de reparto. 'En el caso de que aquellos consintieran ser designados como conductores habituales en el registro de vehículos de la DGT y posteriormente fueran despedidos, la normativa de Interior no ha previsto procedimiento alguno para que dichas personas puedan darse de baja del registro y liberarse de unas obligaciones que la Ley de Seguridad Vial les impone respecto de vehículos que ni conducen, ni están ya bajo su dominio o control', advierte AEA.

Por esa razón, AEA recomienda a los conductores que no presten el consentimiento para ser designados como conductor habitual, en tanto el ministerio del Interior no garantice la posibilidad de revocar dicho consentimiento y darse de baja en el registro a fin de liberarse de cualquier responsabilidad respecto de vehículos que no están bajo su control.