Atropello y esperpéntica fuga en Salamanca

El pasado domingo, un conductor –que triplicaba la tasa de alcoholemia- arrolló y mató a una joven. Huyó a pesar de que llevaba la luna delantera completamente rota, pero ya está en prisión. Si estuvieran vigentes las reformas que se plantean del Código Penal, recibiría el mismo castigo que un conductor novel que ha sido detenido a 213 km/h por la A-4.

Atropello y esperpéntica fuga en Salamanca
Atropello y esperpéntica fuga en Salamanca

Aunque creas que los siguientes casos no tienen mucho en común, la DGT quieren que sean tratados de igual manera por los jueces. El pasado domingo, un conductor de 37 años atropelló a una joven que cruzaba un paso de peatones. Ésta murió a consecuencia del impacto y el automovilista huyó. En su fuga, puso a más personas en peligro: llevaba la luna delantera completamente rota y conducía sacando la cabeza por la ventanilla. De hecho, golpeó a otros dos vehículos. Al ser detenido, le hicieron la prueba de alcoholemia y comprobaron que triplicaba la tasa permitida, según ha informado la Policía Local de Salamanca. Ya está en prisión sin fianza. Además de omisión de socorro, el detenido se enfrenta a los delitos de conducción temeraria y homicidio imprudente. En este último caso, el juez no valora que haya causado la muerte del peatón, sino lo grave que era la imprudencia que cometió. Es decir, no se tienen en cuenta las consecuencias del hecho. También el domingo detuvieron a un joven de 18 años en la A-4 (Autovía de Andalucía), a su paso por la provincia de Ciudad Real. Se le acusa de un presunto delito contra la seguridad de tráfico: circulaba a 213 km/h cuando, como conductor novel, no podía superar los 80 km/h. Se había sacado el carné de conducir en enero. Según la DGT, el conductor fue detectado a 213 km/h a las 15:22 horas del pasado domingo por un radar situado en el kilómetro 151 de la A-4. El joven, que en el momento de la detención iba acompañado por una hermana de más edad, quedó en libertad con cargos, pero pronto se verá ante el juez, acusado de un delito contra la seguridad vial. Tráfico pretende reformar el artículo 379 del Código Penal que regula qué es conducción temeraria. Según adelantó su director general, Pere Navarro, solicitarán penas de prisión de tres a seis meses a todos los conductores (da igual si han causado algún accidente o no) que superen en 60 km/h la velocidad permitida o que su tasa de alcoholemia sobrepase en un cien por cien el límite permitido (estaríamos hablando de un gramo por litro de sangre).Según nuestro Código Penal, la conducción temeraria se castiga con penas de cárcel de seis meses a dos años y con la prohibición de conducir en un plazo de uno a seis años.El conductor del primero de los casos, como ya te hemos explicado, también se enfrenta a un homicidio imprudente (por el que podría ir cuatro años a prisión: depende de cómo juzgue de grave la imprudencia el juez). Al novel que iba a 213 km/h se le acusará aportando como prueba las mediciones de un radar. Además, estaríamos ante un delito que no se castiga en otros países, como por ejemplo Alemania, donde no hay límite de velocidad en las autopistas. Tampoco se tendrán en cuenta las consecuencias de su acción: en este caso, no causó ningún accidente.

¿Es justo que a 180 km/h se mande a un conductor a la cárcel? ¿Reducirá el número de accidentes esta medida?
¿Se debería castigar más otras acciones?
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