Cómo quedan las sanciones de Tráfico

La Cámara Baja ha aprobado la nueva regulación sobre seguridad vial que incluye un cuadro con las velocidades y sanciones, además de cambios en algunas de las infracciones con relación a la resta de puntos.

Las fotos del día en Autopista.es
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El proyecto de Ley con el que se modificará la regulación sobre Trafico en materia sancionadora ya ha sido aprobado por el Congreso de los Diputados. Los cambios afectan a algunas infracciones en cuanto a la resta de puntos, además de tipificarse y redactarse el cuadro de velocidades con su correspondiente cuantía en multas y pérdida de puntos.

  Límite de velocidad Límite de velocidad Límite de velocidad Límite de velocidad Límite de velocidad Límite de velocidad Límite de velocidad Límite de velocidad Límite de velocidad Límite de velocidad Multa Puntos
G
R
A
V
E
31 41 51 61 71 81 91 101 111 121 100€ 0
50 60 70 90 100 110 120 130 140 150
51 61 71 91 101 111 121 131 141 151 300€ 2
60 70 80 110 120 130 140 150 160 170
61 71 81 111 121 131 141 151 161 171 400€ 4
40 80 90 120 130 140 150 160 170 180
71 81 91 121 131 141 151 161 171 181 500€ 6
80 90 100 130 140 150 160 170 180 190
81 91 101 131 141 151 161 171 181 191 600€ 6
Las infracciones muy graves conllevan, además, 2 meses de suspensión del permiso de conducir
Respecto al 'multómetro' con el que actualmente Tráfico sanciona a los conductores, el cuadro expuesto por Ley muestra claras diferencias. No obstante, aunque a primera vista parece que el margen de error legal que venían aplicando hasta ahora desaparece, no es así. Aunque mínimos, se seguirán utilizando los márgenes ya conocidos: DGT, un diez por ciento sobre la velocidad permitida; País Vasco, 5 km/h hasta 100 y 6 km/h a partir de 100 km/h; Cataluña, 4 km/h hasta 100 y un 4 por ciento rebasados los 100 km/h.Lo que llama la atención es la subida de la cuantía económica con la que se castiga al exceder el límite de velocidad. Mientras que, en la actualidad, la multa máxima es de 520 euros por sobrepasar en más de un 50 por ciento el límite permitido, en la reforma la misma infracción supone 600 euros. Tomando como referencia excesos de velocidad menores, la sanción económica es, de igual manera, sustancialmente mayor. Por ejemplo: a día de hoy, circular a 151 km/h en una autovía o autopista se multa con 140 euros, sumado a la consiguiente resta de puntos del carné, en este caso, dos. Pero con la nueva Ley en la mano, conducir a esta misma velocidad supondrá más del doble: 300 euros de multa, aunque la pérdida de puntos seguirá siendo dos.Junto al nuevo cuadro de velocidades, la reforma de la Ley de Tráfico también afecta a algunas infracciones y su equivalente en pérdida de puntos.La gran novedad es que añaden nuevas infracciones que eliminan puntos: como la de circular con el permiso de conducir suspendido teniendo prohibido el uso del vehículo (4 puntos) o la de alterar el funcionamiento del tacógrafo o limitador de velocidad (6 puntos).Así mismo, ciertas infracciones supondrán mayor pérdida de puntos. En el caso de los detectores e inhibidores de radar se ha concretado la Ley: sólo llevar instalados uno de estos dispositivos implicará la resta de seis puntos del carné. Por otro lado, no respetar la distancia de seguridad será castigado con cuatro puntos en vez de los tres actuales.- Conducir de forma negligente.
- Circular por autopista o autovías con vehículos expresamente prohibidos.
- Ocupar en un 50 por ciento o más las plazas autorizadas exclusivo el conductor, salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos.
- Parar o estacionar en los carriles destinados al transporte público.
- Circular sin alumbrado ciando sea obligatorio o sin ajustarse a lo establecido.
- Circular con menores de doce años en motocicletas o ciclomotores.
- Parar o estacionar en lugares que constituya un riesgo para la circulación o lo peatones.