La OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) ha realizado un estudio sobre multas de tráfico municipales en Madrid, Barcelona y Valencia durante 2016. En las tres ciudades han observado un incremento de las sanciones que ponen los ayuntamientos, pero es en la capital donde más han aumentado las multas. En concreto, un 27 por ciento más que en 2015, lo que eleva la cifra a 2.705.894.
Una de cada dos multas es de aparcamiento
Con esta cifra, Madrid se coloca en primera posición entre las ciudades españolas: a pesar de que en Barcelona y Valencia también han registrado un aumento en las sanciones no alcanzan estos porcentajes.
Los conductores de la capital aparcan indebidamente, a juzgar por el número de multas que el ayuntamiento pone a los habitantes de la capital. La OCU ha contabilizado un total de 973.817 sanciones interpuestas en 2016 que, aunque suponen una disminución del 3% con respecto a 2015, son el tipo de multa más común.
Las sanciones por de exceso de velocidad (615.852) y de las de acceso a zonas restringidas de circulación (566.420) son las siguientes en la lista. Además, éstas últimas son las que más han aumentado respecto a 2015: nada menos que un 104%.
No recurrimos las multas La OCU también ha observado la cantidad de personas que recurren las multas: sólo lo hace un 14%. El principal motivo según la organización de consumidores, es la imposibilidad de acogerse a la reducción por pronto pago del 50%. Curiosamente esta reducción era del 30% en 2010: en este año, el número de conductores que pagaban sus multas sin recurrirlas era sólo de un 18%.
¿Y qué pasa si se recurre la multa? Lo más probable es que se pierda y el automovilista tenga que abonar el importe íntegro de la sanción. Sólo un 30% gana la reclamación al no poder demostrar su versión de los hechos. La policía municipal goza de presunción de veracidad y también muchos tribunales dan la razón a los controladores.
La respuesta a las alegaciones suelen ser contestadas rutinariamente y de forma estandarizada, ignorando en muchos casos los argumentos presentados. Y si finalmente el conductor opta por la vía judicial, los honorarios del abogado y, si es necesario, del procurador suelen superar el importe de la multa.
Derecho a reclamar
Por ello la OCU demanda que se pueda recurrir las multas de tráfico en vía contencioso administrativa sin necesidad de abogado y procurador y que al alegar no se pierda el descuento del 50% del pronto pago. Su propuesta es que el ciudadano abone la mitad de la multa en el momento del recurso y, en el caso de que haya una sentencia desfavorable, se haga cargo del pago del resto.