Desde la puesta en vigor de la reforma del Código Penal, el pasado domingo 2 de diciembre, 275 conductores han pasado a disposición judicial por cometer supuestos delitos contra el tráfico. Estos procesos judiciales, que se resuelven en los tribunales por la vía rápida, amenazan con colapsar los juzgados en los próximos meses.
El problema se presenta cuando los infractores no están de acuerdo con la pena impuesta; es en este punto donde el sistema experimentará una demora en los procesos de vía rápida. Por ejemplo, sólo en Barcelona, los juzgados encargados de juicios rápidos operan con un retraso de casi cinco meses. Durante este último ejercicio, los juicios rápidos se han incrementado en más de 1.000 casos sobre los estimados para 2007: los tribunales encargados en esta metería ya no dan abasto para asumir tantas denuncias.
La reforma del Código ha supuesto, en un tiempo récord (a penas cinco días), el arresto de 275 conductores, principalmente en las dos primeras jornadas desde su puesta en vigor en las que se detuvieron a 154 automovilistas. Una vez más, la mayor parte de los mismos, 267, superaban la tasa de alcohol, mientras que los ocho restantes fueron detenidos por sobrepasar los límites de velocidad.
De todos los casos procesados, sólo uno ha sido ya condenado: un conductor catalán que circulaba a 186 kilómetros por una carretera limitada a 80 sin permiso de conducir. Pese a sobrepasar el límite en más de 100 km/h (las penas de cárcel se estipulan por rebasar en 80 km/h el límite impuesto) y de conducir sin carné, el denunciado no ha sido castigado con la cárcel. En su lugar, el juez ha dictaminado una multa de 720 euros, 20 días de trabajo para la Comunidad y la prohibición de conducir durante ocho meses (la retirada del carné ha sido, obviamente, imposible).
Según el Fiscal Delegado de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, por ahora, ningún conductor temerario irá a la cárcel, a menos de que sea reincidente. Vargas ha matizado que el concepto de reincidencia será también flexible: “No es lo mismo medir la del que va a 200 km/h de la del que va a 270". Teniendo en cuenta que el endurecimiento del Código Penal se ha llevado a cabo como elemento disuasorio para reducir la siniestralidad en carretera ante la relajación de los conductores respecto al carné por puntos, esta permisibilidad puede mermar la eficacia del mismo. Sin embargo, el Fiscal hace hincapié en que las penas son duras en sí mismas: la totalidad de
Además, Vargas expone que es demasiado pronto para realizar un balance del impacto de la reforma en los conductores, ya que, por ahora, las únicas cifras que se manejan son las policiales. “Nosotros daremos cifras procesales, consecuencia de las detenciones efectuadas". La realidad es que durante el puente de la Constitución 42 personas han perdido la vida, una más que el año anterior: todo ello pone en tela de juicio la eficacia de estas medidas represivas, aunque, como ha asegurado Vargas, aún es pronto para notar sus efectos.
Por su parte, Pere Navarro, director general de la DGT, se ha mostrado convencido de que esta reforma actuará como un elemento disuasorio a largo plazo: “De aquí a seis meses los detenidos serán muchos menos: será raro que haya personas que conduzcan con altas tasas de alcohol o con exceso de velocidad". Respecto a la incapacidad de nuestro sistema judicial para abarcar el alto número de denuncias, Navarro se muestra seguro afirmando que éste podrá hacer frente a dicho incremento en el volumen de trabajo, ya que los juicios rápidos tienen una tramitación mucho menos complicada.