Según informa la CNMC, ha quedado demostrado que las entidades multadas llevaron a cabo prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, lo que constituye un delito penado con prisión.
Las empresas concesionarias habrían adoptado acuerdos de fijación de descuentos máximos y condiciones comerciales. La CNMC las acusa también de haber intercambiado información sensible en el mercado de distribución de turismos de las marcas Audi, VW y Seat a través de concesionarios independientes.
Estas empresas contaron con la colaboración de Acevas y Ancosat, así como de las empresas de consultoría y servicios ANT y Horwath.
Todas ellas adoptaron acuerdos ‘con manifiesta ocultación y secretismo, valiéndose de mecanismos específicos de seguimiento del cumplimiento de los acuerdos e, incluso en algunos supuestos, de instrumentos de sanción para los incumplimientos’, afirma la CNMC.
Según la Comisión, hubo siete zonas delimitadas por otros tantos cárteles: Madrid, Cataluña, Andalucía, Norte, Asturias, Valencia (respecto de Audi-VW) y Madrid (respecto de Seat).
La antigüedad de estos cárteles varía según zonas, pero los más extensos han funcionado desde 2006 hasta 2013.
La CNMC cuenta con correos electrónicos y anotaciones a mano de las empresas que demuestran dichas ‘conductas ilícitas’, así como con información proporcionada por las compañías en los requerimientos que se les ha efectuado.
Como consecuencia de estas prácticas hubo compradores de vehículos de estas marcas que no se pudieron beneficiar de mejores condiciones comerciales, afirma la Comisión.
No obstante, Seat S.A. y 11 de sus filiales se han visto eximidas del pago de su correspondiente sanción, al haber sido las que han denunciado esta situación. Según la CNMC, éstas han aportado ‘elementos de prueba suficientes durante la investigación que han posibilitado a la CNMC la detección del cártel’.
Las sanciones más cuantiosas ascienden a los 2,87 millones de euros (para F. Tomé) y a 2,46 millones de euros (para Audi Retail Madrid S.A. y solidariamente Seat, por un lado, y por otro, a VW Madrid S.A. y solidariamente Seat).
Además, la CNMC recuerda que no cabe recurso alguno por vía administrativa contra estas resoluciones, con lo que la única vía posible para recurrir es la contencioso-administrativa en la Audiencia Nacional.
Asimismo, cualquier persona, física o jurídica, que se considere afectada por estas prácticas, puede presentar una demanda de daños y perjuicios.